Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2016 (22/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

583962
(firma del funcionario autorizado)

NORMAS LEGALES

Viernes 22 de abril de 2016 /

El Peruano

Firmado: ....................................................................... Lugar: ........................................................................... Fecha (dd/mm/aaaa): ...................................................
(sello o estampilla, según corresponda, de la autoridad)

Refrendo requerido cuando se ha efectuado el reconocimiento de renovación y se aplica la regla 9.4 El buque cumple las prescripciones pertinentes del Anexo VI del Convenio y, de conformidad con lo prescrito en la regla 9.4 de dicho anexo, el presente certificado se aceptará como válido hasta (dd/mm/aaaa): Firmado: .......................................................................
(firma del funcionario autorizado)

Certificado IAPP estará disponible a bordo del buque en todo momento. 2 El cuadernillo estará redactado como mínimo en español, francés o inglés. Cuando se use también un idioma oficial del país expedidor, dará fe el texto en dicho idioma en caso de controversia o discrepancia. 3 En las casillas se pondrá una cruz (x) si la respuesta es "sí" o "aplicable" y un guión (-) si la respuesta es "no" o "no aplicable", según corresponda. 4 A menos que se indique lo contrario, las reglas mencionadas en el presente cuadernillo son las reglas del Anexo VI del Convenio y las resoluciones o circulares son las aprobadas por la Organización Marítima Internacional. 1 Pormenores del buque 1.1 Nombre del buque .................................................. 1.2 Número IMO ........................................................... 1.3 Fecha en que se colocó la quilla o en que el buque se hallaba en una fase equivalente de construcción .......... ........................................................................................... 1.4 Eslora (L) #, en metros ........................................... # Solamente se debe rellenar para los buques construidos el 1 de enero de 2016 o posteriormente, proyectados especialmente con fines de recreo, y utilizados únicamente a tal fin, a los cuales, de conformidad con la regla 13.5.2.1, no se aplicará el límite de las emisiones de NOx estipulado en la regla 13.5.1.1. 2 Control de las emisiones de los buques 2.1 Sustancias que agotan la capa de ozono (regla 12)

Lugar: ........................................................................... Fecha (dd/mm/aaaa): ...................................................
(sello o estampilla, según corresponda, de la autoridad)

Refrendo para prorrogar la validez del certificado hasta la llegada al puerto del reconocimiento, o por un periodo de gracia, cuando se aplican las reglas 9.5 ó 9.6 El presente certificado se aceptará como válido, de conformidad con lo prescrito en la regla 9.5 ó 9.6* del Anexo VI del Convenio, hasta (dd/mm/aaaa): ......... ........................................................................................... Firmado: .......................................................................
(firma del funcionario autorizado)

Lugar: ........................................................................... Fecha (dd/mm/aaaa): ...................................................
(sello o estampilla, según corresponda, de la autoridad)

2.1.1 Los siguientes sistemas de extinción de incendios, otros sistemas y equipos que contienen halones o clorofluorocarbonos (CFC) instalados antes del 19 de mayo de 2005 pueden continuar en servicio:
Sistema o equipo Ubicación a bordo Sustancia

Refrendo para adelantar la fecha de vencimiento anual cuando se aplica la regla 9.8 De conformidad con lo prescrito en la regla 9.8 del Anexo VI del Convenio, la nueva fecha de vencimiento anual es (dd/mm/aaaa): ..................................................... ........................................................................................... Firmado: .......................................................................
(firma del funcionario autorizado)

2.1.2 Los siguientes sistemas que contienen hidroclorofluorocarbonos (HCFC) instalados antes del 1 de enero de 2020 pueden continuar en servicio:
Sistema o equipo Ubicación a bordo Sustancia

Lugar: ........................................................................... Fecha (dd/mm/aaaa): ...................................................
(sello o estampilla, según corresponda, de la autoridad)

2.2 Óxidos de nitrógeno (NOx) (regla 13) 2.2.1 Los siguientes motores diésel marinos instalados en este buque se ajustan al límite de emisiones aplicable de la regla 13 de conformidad con lo dispuesto en el Código Técnico sobre los NOx revisado de 2008.
Motor #1 Fabricante y modelo Número de serie Utilización Potencia de salida (kW) Régimen nominal (rpm) Fecha de instalación (dd/mm/aaaa) Motor #2 Motor #3 Motor #4 Motor #5 Motor #6

De conformidad con lo prescrito en la regla 9.8 del Anexo VI del Convenio, la nueva fecha de vencimiento anual es (dd/mm/aaaa): ..................................................... ........................................................................................... Firmado: ..................................................................
(firma del funcionario autorizado)

Lugar: ........................................................................... Fecha (dd/mm/aaaa): ...................................................
(sello o estampilla, según corresponda, de la autoridad)

SUPLEMENTO DEL CERTIFICADO INTERNACIONAL DE PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA (CERTIFICADO IAPP) CUADERNILLO DE CONSTRUCCIÓN Y EQUIPO Notas: 1 El presente cuadernillo permanentemente al Certificado IAPP. El acompañará

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Táchese según proceda.

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