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596564 NORMAS LEGALES Jueves 11 de agosto de 2016 / El Peruano autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa que, conforme a lo establecido por el numeral 4) del Artículo 195º y el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los limites que fije la ley; Que, mediante Informe Nº 027-2016-MDLO/GAT/ lpacheco de fecha 25 de julio de 2016, la Gerencia de Administración Tributaria informa que estando a portas de vencerse los plazos otorgados en las Ordenanzas Nº436-CDLO y Nº438-CDLO, se hace necesario prorrogar la vigencia de las mismas hasta 31 de agosto, con el fin de brindar el plazo de tiempo necesario para que los contribuyentes se acojan al régimen de excepción establecida en las mencionados ordenanzas; Que, las Ordenanzas Nº436-CDLO y Nº438-CDLO, facultan al Señor Alcalde a prorrogar su vigencia mediante emisión de Decreto de Alcaldía, acorde al informe de vistos de la Gerencia de Asesoría Jurídica, se declara PROCEDENTE la prorroga de las mencionadas ordenanzas, mediante Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y la Tercera Disposición Complementaria y Final de las Ordenanzas Nº436-CDLO y Ordenanza Nº 438-CDLO . DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia hasta el 31 de agosto de 2016 de los alcances del régimen de excepción tributaria, según lo establecido en la Ordenanza Nº 436, y en la Ordenanza Nº 438-CDLO. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Recaudación, Subgerencia de Atención al Ciudadano, Secretaría General y Subgerencia de Imagen Institucional el cumplimiento del presente Decreto en cuanto sea de su competencia y a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1413457-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Amplían vigencia de la Ordenanza N° 230- MDL, que estableció procedimiento de regularización de edificaciones en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2016/MDLCH Chosica, 21 de julio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 230-MDL modifi cada con Ordenanza Nº 233-MDL, publicada en el diario ofi cial El Peruano el día 1 de julio de 2016, se regula el procedimiento con fi nes de regularización adecuada a la Ley Nº 29090 para edifi caciones existentes en el distrito de Lurigancho – Chosica, con vencimiento al 31 de julio del 2016. Que, la Ordenanza Nº 230-MDL, no se aplicó a plenitud, por haberse modifi cado los artículos 2º y 3º con la Ordenanza señalada en el párrafo que antecede. Que, el artículo cuarto de la Ordenanza Nº 233-MDL faculta al Alcalde Distrital para que mediante Decreto de Alcaldía establezca las disposiciones complementarias y accesorias para la correcta aplicación de la norma; por lo que, resulta necesario se prorrogue la vigencia del presente dispositivo hasta el 30 de noviembre de 2016, a fi n de dar facilidades a los propietarios de edifi caciones en el distrito, que no hayan podido regularizar las construcciones que no fueron tramitadas dentro del plazo establecido en la Ley Nº 29090 y sus modifi catorias. Estando a mérito de lo expuesto, con aprobación de la Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- Ampliar la VIGENCIA de la Ordenanza Nº 230-MDL modifi cada con Ordenanza Nº 233-MDL hasta el 30 de noviembre de 2016. Segundo.- Encargar a la Gerencia de Obras Privadas, a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas la difusión del presente dispositivo y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica para su publicación en el portal de la página web municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1414084-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban la propuesta de Reajuste Integral de Zonificación de los Usos del Suelo del Distrito ACUERDO DE CONCEJO N° 033-2016/MSJM San Juan de Mirafl ores, 21 de julio del 2016 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum N° 01646-2016-GM-MDSJM, de la Gerencia Municipal, mediante el cual se remite el Informe Legal N° 421-2016-MDSJM-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al Estudio Técnico Sustentatorio y propuesta de Reajuste Integral de Zonifi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Mirafl ores, para su evaluación y aprobación por el Concejo Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe N° 428-2016-SGOPCGT- GDU-MDSJM, de fecha 03 de junio del 2016, la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Gestión del Territorio, remite a la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Estudio Técnico Sustentatorio y Propuesta de Reajuste de la Zonifi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Mirafl ores elaborado; Que, mediante el Memorándum N° 672-2016-GDU/ MDSJM, de fecha 06 de junio del 2016, la Gerencia de Desarrollo Urbano emite opinión favorable, para continuar