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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2016 (11/08/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

596565 NORMAS LEGALES Jueves 11 de agosto de 2016 El Peruano / con el trámite del procedimiento especial del cambio de zonifi cación, remitiendo los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica a fi n de que se emita la opinión legal correspondiente; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal N° 421-2016-MDSJM/GAJ, de fecha 20 de junio del 2016, concluye emitiendo opinión en el sentido que el Estudio Técnico Sustentatorio y Propuesta de Reajuste Integral de Zonifi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Mirafl ores, se encuentra dentro del marco normativo vigente, Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, Ordenanza Nº 1911-MML y la Ordenanza Nº 1862- MML, por lo que resultaría procedente su aprobación, recomendando su elevación al Concejo Municipal a fi n de que se evalúe y de considerarlo pertinente, se apruebe mediante Acuerdo de Concejo y se disponga su envío a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su trámite correspondiente, debiéndose disponer su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de conformidad al artículo 195º de la Constitución Política del Estado, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y las prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, de tal manera, son competentes para planifi car su desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, el urbanismo y el acondicionamiento territorial; y desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de saneamiento, ello concordante con el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo al numeral 1) inciso 1.2), del artículo 79º, concordante con el numeral 1) inciso 1.2) del artículo 161º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, es función de la Municipalidad Provincial aprobar el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas y el control del uso del suelo; asimismo, el artículo 73º de la norma citada, señala que corresponde a las Municipalidades Provinciales como función específi ca, el planifi car integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial en el nivel provincial; y que, los planes referidos a la organización del espacio físico y uso del suelo, que emitan las municipalidades distritales deberán sujetarse a los planes y normas provinciales sobre la materia; Que, mediante la Ordenanza Nº 1084-MML, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de los distritos de San Juan de Mirafl ores y Villa María del Triunfo, que forman parte del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana; Que, mediante la Ordenanza Nº 1911-MML, publicada en el diario ofi cial “El Peruano”, el 21 de noviembre del 2015, la Municipalidad Metropolitana de Lima regula las normas sobre procedimientos de Cambio de Zonifi cación de Lima Metropolitana, estableciendo en su Segunda Disposición Final que los gobiernos locales distritales de la provincia de Lima tienen el plazo de un (01) año a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, para presentar sus Proyectos de Reajuste Integral de Zonifi cación de los Usos de Suelo de su respectivo distrito, de conformidad con lo normado en la Ordenanza N° 1862-MML; Que, en este sentido, la Ordenanza Nº 1862-MML, que regula el proceso de planifi cación del desarrollo territorial urbano del área Metropolitana de Lima, señala en su artículo 20º que el Reajuste Integral de la actual Zonifi cación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana, su Reglamento, el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas y los consecuentes Esquemas o Planos de Zonifi cación Distrital, consiste en el proceso técnico de racionalizar la actual califi cación que presentan estas normas, adecuándola a la realidad urbanística, constructiva y funcional que hoy en día registra la ciudad metropolitana, incorporando su dinámica y tendencias, así como, obligatoriamente, la nueva tipología de Zonifi cación del suelo urbano de Lima que se precisa en la presente Ordenanza; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece en artículo 41º que los Acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, estando a los considerandos de hecho y de derecho glosados precedentemente, con los informes técnicos favorables de las áreas competentes, resulta factible la aprobación de la Propuesta de Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Mirafl ores; En uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, con el voto favorable de trece (unánime) miembros del Concejo presentes y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la propuesta de REAJUSTE INTEGRAL DE ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, cuyos Anexos se acompañan y forman parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- REMITIR los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento, trámite y aprobación correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación del presente Acuerdo y los Anexos que forman parte integrante del mismo en la página web de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS Alcalde 1413658-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 333/MSJM Mediante Ofi cio Nº 462-2016-SG/MSJM, la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 333/MSJM, publicada en la edición del día 6 de agosto de 2016. En el primer párrafo de la norma; DICE: POR CUANTO: “El Concejo en Sesión Extraordinaria de la fecha, (...)” DEBE DECIR: POR CUANTO: “El Concejo en Sesión Ordinaria de la fecha, (...)” 1413659-1