Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2016 (29/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Jueves 29 de diciembre de 2016
GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALES UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA ALTOANDINA DE TARMA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HUANTA UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE SAN JUAN DE LURIGANCHO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE TAYACAJA DANIEL HERNÁNDEZ MORILLO UNIVERSIDAD NACIONAL CIRO ALEGRIA

NORMAS LEGALES
ÍNDICE 0.0007218205 0.0007787723 0.0000278092

609025

enviando los Anexos N° 3 y 4 de la Directiva N° 005-2016EF/51.01 "Metodología para el reconocimiento, medición, registro y presentación de los elementos de propiedades, planta y equipo de las entidades gubernamentales", aprobado con Resolución Directoral N° 012-2016EF/51.01. Artículo 2°. Difusión de la Resolución y Anexo Disponer la difusión de la presente Resolución Directoral y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob. pe, en la misma fecha de publicación que en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Director General Dirección General de Contabilidad Pública 1468039-1

0.0001761013 0.0020484580

1467795-1

Aprueban Anexo "Entidades que Implementarán el SIGA - Módulo Patrimonio (MEF) durante el Ejercicio 2017"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 017-2016-EF/51.01 Lima, 23 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señalan como atribuciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, entre otras, aprobar las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público y elaborar la Cuenta General de la República; Que, con Resolución Directoral Nº 012-2016-EF/51.01 se aprobó la Directiva Nº 005-2016-EF/51.01 "Metodología para el reconocimiento, medición, registro y presentación de los elementos de propiedades, planta y equipo de las entidades gubernamentales"; Que, el primer párrafo del numeral 8 Registro de la mencionada Directiva, dispone que las entidades comprendidas en el Anexo N° 6 y aquellas que en forma progresiva disponga la Dirección General de Contabilidad Pública, registrarán obligatoriamente los elementos de propiedades, planta y equipo (PPE) en el Módulo de Patrimonio del Sistema Integrado de Gestión Administrativa: SIGA-Módulo Patrimonio (MEF); Que, asimismo el literal b) del numeral 12 Disposiciones Transitorias, dispone que en el caso de las entidades no comprendidas en el Anexo N° 6, la obligatoriedad del registro en el SIGA - Módulo Patrimonio (MEF), será progresiva de acuerdo a las disposiciones que para tal efecto emita la Dirección General de Contabilidad Pública; Que, a efectos de uniformizar el registro de los elementos de PPE de las entidades gubernamentales, es necesario disponer la implementación obligatoria durante el ejercicio 2017 del SIGA-Módulo Patrimonio (MEF) para un grupo de Entidades que por los importes del rubro Propiedades, Planta y Equipo resultan significativas; Estando a lo propuesto por la Dirección de Normatividad; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1°. Entidades obligadas a la implementación del SIGA-Módulo Patrimonio (MEF) durante el ejercicio 2017. Aprobar el Anexo "Entidades que Implementarán el SIGA-Módulo Patrimonio (MEF) durante el Ejercicio 2017", quienes registrarán a más tardar el 31 de diciembre de 2017, el saldo inicial del inventario físico de sus elementos de PPE, debidamente conciliado al cierre del ejercicio 2016, con los registros patrimoniales y contables, y coordinarán la instalación del mencionado aplicativo informático con la Oficina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de Economía y Finanzas,

Modifican Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, aprobados por R.D N° 003-2016-EF/50.01
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 032-2016-EF/50.01 Lima, 27 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 400-2015-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, el cual dispone en su artículo 6 que las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal. Asimismo, en sus Anexos N° 02 y N° 03 se establecen las metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de julio y al 31 de diciembre del año 2016, respectivamente; Que, mediante Resolución Directoral N° 0032016-EF/50.01, se aprobaron los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016, correspondientes a las metas 01 al 14, cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de julio del año 2016, y metas 15 al 45 cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de diciembre del año 2016; Que, mediante Resolución Directoral N° 0122016-EF/50.01, se modificaron los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016, correspondientes a las metas 18, 22, 30, 33, 35, 41 y 45, cuya fecha de vencimiento es el 31 de diciembre de 2016; Que, las metas 22, 33, 41 y 45 que deben ser cumplidas al 31 de diciembre de 2016, fueron propuestas por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, la misma que ha solicitado, mediante Memorando N° 4074-2016-EF/63.01, incorporar en el numeral "5.1 Supuesto de cumplimiento" del artículo 5 de los mencionados Instructivos, que la evaluación de dichas metas tomará como referencia el Presupuesto Institucional Modificado de inversión pública al 31 de agosto de 2016 ajustado, sólo para aquellas municipalidades a favor de las cuales se hubieran aprobado transferencias de recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional para el financiamiento de proyectos de inversión pública, durante los meses de abril a agosto del presente año; Que, por lo expuesto, resulta necesario modificar el numeral 5.1 del artículo 5 de los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016, aprobados por la Resolución Directoral N° 003-2016-

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