Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2016 (29/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Viernes 29 de enero de 2016 /

El Peruano

Artículo 1.- Designación Designar al señor JOSE ERNESTO MONTALVA DE FALLA, como Subsecretario General de la Presidencia de la República. Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1339728-4

del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Comité encargado de elaborar las Bases para el desarrollo del concurso público para la elección del Presidente Ejecutivo del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre ­ OSINFOR, conformado mediante la Resolución Suprema N° 022-2016-PCM. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al Despacho Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la Presidencia Ejecutiva del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, así como a la representante designada, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1339476-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan representante del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Comité encargado de elaborar las Bases para el desarrollo del concurso público para la elección del Presidente Ejecutivo del OSINFOR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0023-2016-MINAGRI Lima, 27 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1085, se creó el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, encargado de la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado a través de las diversas modalidades de aprovechamiento reconocidas en la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, de acuerdo a las definiciones precisadas en el artículo 2 de dicha norma; Que, en su artículo 6 el mencionado Decreto Legislativo establece que el OSINFOR estará dirigido por un Presidente Ejecutivo, designado por concurso público, por un período de cuatro años; Que, mediante la Resolución Suprema N° 0222016-PCM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 27 de enero de 2016, se estableció el inicio del procedimiento para la designación del Presidente Ejecutivo del OSINFOR; asimismo, mediante su artículo 1, se resuelve conformar el Comité encargado de elaborar las Bases para el desarrollo del concurso público para la elección del Presidente Ejecutivo del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, el cual está integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Aída María Amézaga Menéndez, Directora de la Dirección de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural de la Dirección General de Negocios Agrarios, como representante

CULTURA
Retiran la condición cultural de Monumento a inmueble ubicado en el distrito del Cercado del Callao, Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 020-2016-MC Lima, 25 de enero de 2016 VISTO, el recurso de apelación interpuesto por los copropietarios Guillermo Ysamu Yrei Arrieta, Oscar Carlos Daniel Yrei Arrieta, Regina Sofía Yrei Arrieta, Juan Rolando Yrei Arrieta, Manuel Alfonso Cabrera Arrieta e Iris Lola Ascaño Arrieta, contra la Resolución ficta de denegatoria del pedido de retiro de condición de Monumento del inmueble ubicado en Jr. Nicolás de Piérola Nº 217-221-223-227-231, distrito del Cercado de Callao, provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 515-89-INC/J de fecha 11 de agosto de 1989, se declaró Monumento al inmueble ubicado en Calle Callao Nº 217-221-223231 (actualmente Jr. Nicolás de Piérola Nº 217-221223-227-231), distrito del Cercado de Callao, provincia Constitucional del Callao; Que, con escrito de fecha 7 de setiembre de 2006, el señor Guillermo Ysamu Yrei Arrieta, actuando en representación de los señores Oscar Carlos Daniel Yrei Arrieta, Regina Sofía Yrei Arrieta, Juan Rolando Yrei Arrieta, Manuel Alfonso Cabrera Arrieta e Iris Lola Ascaño Arrieta, copropietarios del inmueble ubicado en Jr. Nicolás de Piérola Nº 217-221-223-227-231, distrito del Cercado de Callao, provincia Constitucional del Callao, solicitó en vía de petición el retiro de condición de Monumento del inmueble antes referido; Que, con escrito de fecha 28 de diciembre de 2010, el señor Guillermo Ysamu Yrei Arrieta reiteró la solicitud de retiro de condición del inmueble antes mencionado; Que, mediante escrito presentado con fecha 29 de mayo de 2013, los copropietarios Guillermo Ysamu Yrei Arrieta, Oscar Carlos Daniel Yrei Arrieta, Regina Sofía Yrei Arrieta, Juan Rolando Yrei Arrieta, Manuel Alfonso Cabrera Arrieta e Iris Lola Ascaño Arrieta, interpusieron recurso de apelación contra la Resolución ficta de denegatoria del pedido de retiro de condición de Monumento del inmueble ubicado en Jr. Nicolás de Piérola Nº 217-221-223-227-231, distrito del Cercado de Callao, provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Informe Técnico Nº 1746-2014-DPHIDGPC/MC de fecha 4 de agosto de 2014, la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble informó sobre el resultado de la inspección ocular efectuada el 27 de agosto de 2013 al inmueble materia de consulta; Que, con Informe Nº 739-2014-DPHI-DGPC/MC de fecha 1 de octubre de 2014, la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble indicó que resulta procedente el

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