Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2016 (29/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Viernes 29 de enero de 2016 /

El Peruano

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios de la Teniente Primero SN.(O) Patricia Alexandra DEL ÁLAMO Benavente, CIP. 00036961, DNI. 40242263, para que participe en el curso Carga Inmediata con Implantes Cono Morse, a impartirse en el Instituto Latinoamericano de Investigación y Enseñanza Odontológica - ILAPEO, ciudad de Curitiba, República Federativa del Brasil, del 1 al 5 de febrero de 2016; así como, autorizar su salida del país el 31 de enero y su retorno el 6 de febrero de 2016. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Curitiba (República Federativa del Brasil) - Lima US$. 850.00 US$. 850.00 Viáticos: US$. 370.00 x 5 días TOTAL A PAGAR: US$. 1,850.00 ---------------------US$. 2,700.00

Aceptan y aprueban donaciones efectuadas a favor del Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, a ser empleadas en aeronaves
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 072-2016-DE/FAP Lima, 28 de enero de 2016 VISTO: El Oficio NC-900-LOAL-N° 006 del 06 de enero de 2016, de la Dirección General de Logística de la Fuerza Aérea. CONSIDERANDO: Que, mediante carta del 23 de diciembre de 2015, el Vicepresidente Ejecutivo y Gerente General de la División de Marketing de Aeronaves de la Compañía KOREA AEROSPACE INDUSTRIES LTD (KAI), informa el financiamiento a favor de la Fuerza Aérea del Perú, con un monto de US$ 50,000.00 (CINCUENTA MIL 00/100 DÓLARES AMERICANOS), a fin de ser empleados en la Aeronave KT-1P que la Fuerza Aérea llevará al evento a realizarse en la Feria Aeronáutica FIDAE 2016 a celebrarse del 29 de marzo al 03 de abril del presente año en la República de Chile; Que, el artículo 69 de la Ley N° 28411, "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto", establece que las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones Nacionales o Internacionales, públicas o privadas diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", cuando el monto de la donación supere las CINCO (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, el numeral 37 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, señala que es función del Ministerio de Defensa, emitir Resoluciones Ministeriales en los asuntos que le corresponde conforme a Ley; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28411, "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto" y Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la "Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa"; y, Estando a lo opinado por el Director General de Logística de la Fuerza Aérea, a lo recomendado por el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea y a lo acordado por el Comandante General de la Fuerza Aérea; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar y aprobar, la donación dineraria efectuada por la Compañía KOREA AEROSPACE INDUSTRIES LTD (KAI), a favor del Ministerio de Defensa ­ Fuerza Aérea del Perú, con un monto de US$ 50,000.00 (CINCUENTA MIL 00/100 DÓLARES AMERICANOS), a fin de ser empleados en la Aeronave KT-1P que la Fuerza Aérea llevará al evento a realizarse en la Feria Aeronáutica FIDAE 2016 a celebrarse del 29 de marzo al 03 de abril del presente año en la República de Chile. Artículo 2.- Agradecer a la Compañía KOREA AEROSPACE INDUSTRIES LTD (KAI), por su importante contribución. Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Administración, la supervisión de la ejecución de la donación dineraria materia de aprobación por parte de la Fuerza Aérea del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1339574-1

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de la participante. Artículo 4º.- La Oficial Subalterno designada, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1339728-6

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