Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2016 (29/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 29 de enero de 2016

NORMAS LEGALES
DICE:

576757

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 073-2016-DE/FAP Lima, 28 de enero de 2016 VISTO: El Oficio NC-900-LOAL-N° 006 del 06 de enero de 2016, de la Dirección General de Logística de la Fuerza Aérea. CONSIDERANDO: Que, mediante carta del 06 de marzo de 2015, el Vice General Manager ­ Sales de la Compañía ALENIA AERMACCHI S.P.A. informa el financiamiento a favor de la Fuerza Aérea del Perú, con un monto de US$ 79,520.00 (SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), a fin de cooperar con los gastos de personal, aeronave y combustible, a ser empleados en la Aeronave C-27J, que la Fuerza Aérea llevará al evento a realizarse en la Feria Aeronáutica FIDAE 2016 a celebrarse del 29 de marzo al 03 de abril del presente año en la República de Chile; Que, el artículo 69 de la Ley N° 28411, "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto", establece que las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones Nacionales o Internacionales, públicas o privadas diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", cuando el monto de la donación supere las CINCO (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, el numeral 37 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, señala que es función del Ministerio de Defensa, emitir Resoluciones Ministeriales en los asuntos que le corresponde conforme a Ley; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28411, "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto" y Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la "Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa"; y, Estando a lo opinado por el Director General de Logística de la Fuerza Aérea, a lo recomendado por el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea y a lo acordado por el Comandante General de la Fuerza Aérea; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar y aprobar, la donación dineraria efectuada por la Compañía ALENIA AERMACCHI S.P.A., a favor del Ministerio de Defensa ­ Fuerza Aérea del Perú, con un monto de US$ 79,520.00 (SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), para ser usados en los gastos de personal, aeronave y combustible, a ser empleados en la Aeronave C-27J, que la Fuerza Aérea llevará al evento a realizarse en la Feria Aeronáutica FIDAE 2016 a celebrarse del 29 de marzo al 03 de abril del presente año en la República de Chile. Artículo 2.- Agradecer a la Compañía ALENIA AERMACCHI S.P.A., por su importante contribución. Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Administración, la supervisión de la ejecución de la donación dineraria materia de aprobación por parte de la Fuerza Aérea del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1339574-2 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO N° 001-2016-DE Mediante Oficio N° 055-2016-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo N° 001-2016-DE, publicado en al edición del día 24 de enero de 2016

"Artículo 1.- Modificación de los artículos 17, 18, 19 y 20 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG Modifícanse los artículos 17, 18, 19 y 20 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG, en los siguientes términos: (...) Artículo 18.- Derechos. El personal nombrado en Comisión Especial en el Exterior, conforme a lo previsto en el artículo precedente, goza de los derechos a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República. (...)" DEBE DECIR: "Artículo 1.- Modificación de los artículos 17, 18, 19 y 20 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG Modifícanse los artículos 17, 18, 19 y 20 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG, en los siguientes términos: (...) Artículo 18.- Derechos. El personal nombrado en Comisión Especial en el Exterior, conforme a lo previsto en el artículo precedente, goza de los derechos a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; así como, de los conceptos previstos en el artículo 13 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG, concordante con el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. (...)" 1339729-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de diciembre de 2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 022-2016-EF/50 Lima, 28 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera, modificada por las Leyes Nºs 28323 y 29788, establece la Regalía Minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 28258, señala que la Regalía Minera es la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley Nº 28258, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera; Que, el numeral 16.5 del artículo 16 del Reglamento de la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas

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