Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2016 (29/01/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 12

576758 NORMAS LEGALES Viernes 29 de enero de 2016 / El Peruano modi fi catorias, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas determinará los índices de distribución de la regalía minera del último mes y/o del último trimestre, según sea el caso, los que serán aprobados mensualmente a través de una Resolución Ministerial; Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los Índices de Distribución de la Regalía Minera son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público de este Ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante los O fi cios Nºs 038, 089, 469, 667, 2037, 2038, 3211 y 3212-2015-INEI/DTDIS; por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, según el O fi cio Nº 07-2016-SUNAT/5A0000; y el Ministerio de Educación - MINEDU, mediante el Ofi cio Nº 050-2015-MINEDU/VMGP-DIGESUTP, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución de la Regalía Minera del mes de diciembre de 2015; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de diciembre de 2015; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera y sus modi fi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modi fi catorias y complementarias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de diciembre de 2015, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales bene fi ciados con la Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de diciembre de 2015 consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y el Ministerio de Educación - MINEDU, según los porcentajes y criterios de distribución establecidos en el artículo 8 de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, y el artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas modi fi catorias. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial y su respectivo Anexo serán publicados en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas ANEXO ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN REGALÍA MINERA DICIEMBRE DE 2015 GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALESÍNDICE TOTAL 1.0000000000 GOBIERNOS LOCALES GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALESÍNDICE ANCASH HUARAZ HUARAZ 0.0000101156 COCHABAMBA 0.0000009965 COLCABAMBA 0.0000002923 HUANCHAY 0.0000008807 INDEPENDENCIA 0.0000137922 JANGAS 0.0000011556 LA LIBERTAD 0.0000004052 OLLEROS 0.0000006939 PAMPAS 0.0000005934 PARIACOTO 0.0000015201 PIRA 0.0000018479 TARICA 0.0000016045 AIJA AIJA 0.0000005880 CORIS 0.0000010515 HUACLLAN 0.0000003085 LA MERCED 0.0000009925 SUCCHA 0.0000003273 ANTONIO RAYMONDI LLAMELLIN 0.0000011748 ACZO 0.0000008094 CHACCHO 0.0000007488 CHINGAS 0.0000007196 MIRGAS 0.0000024656 SAN JUAN DE RONTOY 0.0000007026 ASUNCION CHACAS 0.0000017982 ACOCHACA 0.0000014906 BOLOGNESI CHIQUIAN 0.0000008019 ABELARDO PARDO LEZAMETA 0.0000006184 ANTONIO RAYMONDI 0.0000004333 AQUIA 0.0000010278 CAJACAY 0.0000006542 CANIS 0.0000006353 COLQUIOC 0.0000013248 HUALLANCA 0.0000027875 HUASTA 0.0000013036 HUAYLLACAYAN 0.0000005408 LA PRIMAVERA 0.0000003407 MANGAS 0.0000002903 PACLLON 0.0000007993 SAN MIGUEL DE CORPANQUI 0.0000004914 TICLLOS 0.0000005352 CARHUAZ