Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2016 (01/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Lunes 1 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

577015

aéreos, seguros de viaje y la asignación de viáticos, conforme al detalle siguiente:
Pasajes Aéreos Seguro de Viaje US$ 921.88 US$ 30.00 Viáticos (por 4 días) US$ 960.00

Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Proempresa el cierre de una (01) Oficina Especial, bajo la modalidad de local compartido, ubicada en Plaza San Lorenzo s/n, distrito de Acoria, provincia y departamento de Huancavelica. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas (e) 1340040-1

Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el asesor comisionado en el artículo primero de la presente resolución, deberá presentar al Despacho del Fiscal de la Nación, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante su participación en el Seminario Técnico antes señalado. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), Despacho de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Gerencias Centrales de Potencial Humano, Logística y Finanzas, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y al interesado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1339599-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Designan responsables del Libro de Reclamaciones de la sede del Gobierno Regional de Arequipa
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 026-2016-GRA/GR VISTOS:

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Financiera Proempresa el cierre de oficina especial ubicada en el departamento de Huancavelica
RESOLUCIÓN SBS Nº 233-2016 Lima, 19 de enero de 2016 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (e) VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Proempresa S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre de una (01) oficina especial, bajo la modalidad de local compartido, ubicada en el distrito de de Acoria, provincia y departamento de Huancavelica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 004-2013 de fecha 02.01.2013, se autorizó la apertura de la referida oficina especial; Que, la Financiera ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de la citada oficina, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en el procedimiento Nº 14 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 3082-2011; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS Nº 6252015;

El Memorando N° 001-2016-GRA/ORA mediante el cual la Oficina Regional de Administración, solicita la designación del Responsable del Libro de Reclamaciones de la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 0032015-GRA/PR de fecha 05 de Enero de 2015, se resolvió: "ARTICULO 1.- DESIGNAR, a partir del 05 de enero del 2015, al CPC. JUAN CANCIO VEGA PIMENTEL; en el cargo de Jefe de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Arequipa, nivel remunerativo F-5". Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 0052016-GRA/PR de fecha 05 de Enero de 2016, se resolvió. "ARTICULO 1°.- DAR POR CONCLUIDA, la designación del CPC Juan Cancio Vega Pimentel, en el cargo de Jefe de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Arequipa expresándole el agradecimiento institucional por los servicios prestados. ARTICULO 2°.DESIGNAR a partir de la fecha al Abog. CARLOS ERIK RAMIREZ GONZALES en el cargo de Jefe de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Arequipa, nivel remunerativo F-5." Que, a través del DECRETO SUPREMO Nº 042-2011PCM, establece la obligatoriedad de que toda entidad pública cuente con un Libro de Reclamaciones en el cual los ciudadanos puedan registrar su reclamo, entendido como la expresión de insatisfacción o disconformidad del usuario respecto de la atención brindada por la entidad pública en el ejercicio de su función administrativa; Que, así mismo el Artículo 5° del Decreto mencionado, señala: "Artículo 5° Mediante resolución del titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad". Que, en el periodo 2015, el C.P.C. Juan Cancio Vega Pimentel, ha sido el responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad; por lo que debe de emitirse la resolución de designación en vía de regularización; Que, como consecuencia de lo anterior se debe designar al Abog. CARLOS ERIK RAMIREZ GONZALES, como Responsable del Libro de Reclamaciones de la Sede del Gobierno Regional de Arequipa; a partir de

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