Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2016 (16/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Martes 16 de febrero de 2016 /

El Peruano

Artículo 5.- Encargar las funciones de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, a la señora María Victoria Elmore Vega, Directora de Asuntos Multilaterales, a partir del 16 de febrero de 2016 y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 6.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1345710-1

Declaran bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, ubicado en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 017-2016-VMPCIC-MC Lima, 12 de febrero de 2016 Vistos, el Informe Técnico N° 2430-2015-DSFL-DGPA/ MC y el Informe N° 627-2014-DGPA-VMPCIC/MC, y;

CULTURA
Modifican la R.M. N° 017-2016-MC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2016-MC Lima, 10 de febrero de 2016 VISTO, el Informe N° 000015-2016/OGA/SG/MC de fecha 9 de febrero de 2016, emitido por la Directora General de la Oficina General de Administración; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, a través del Informe N° 000015-2016/OGA/SG/ MC de fecha 9 de febrero de 2016, emitido por la Dirección General de la Oficina General de Administración, se solicita la modificación del artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 017-2016-MC de fecha 19 de enero de 2016 a fin de incluir a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales dentro de sus alcances; Que, estando a lo solicitado, resulta viable la modificación del artículo 5° de la Resolución Ministerial N° 017-2016-MC de fecha 19 de enero de 2016, conforme el requerimiento efectuado por la Dirección General de la Oficina General de Administración; Con el visado del Secretario General y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, la Ley de Contrataciones del Estado aprobada mediante Decreto Legislativo N° 30225 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 3502015-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 5° de la Resolución Ministerial N° 017-2016-MC de fecha 19 de enero de 2016, conforme al siguiente detalle: "Artículo 5°.- Delegar en la Directora de la Oficina de Abastecimiento del Ministerio de Cultura durante el ejercicio fiscal 2016, o el que haga sus veces en la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco (...) así como en el jefe y/o responsable de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales, las siguientes facultades: (...) (...)" Artículo 2°.- La delegación de las facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente resolución a los funcionarios y responsables a quienes se les ha delegado facultades mediante la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1345752-1

CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, indica que es de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; Que, el literal a) del artículo 14 de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional; Que, mediante Informe Técnico N° 0471-2013-DSFLDGPAI/MC, de fecha 21 de agosto de 2013, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal informa sobre los trabajos de registro y delimitación de Monumentos Arqueológicos ubicados en los distrito de Carabayllo, entre ellos, el Sitio Arqueológico Cerro Huarangal, el marco del Plan piloto de delimitaciones de Lima Metropolitana; Que, a través del Informe Técnico N° 1797-2014-DSFLDGPA/MC, de fecha de 25 de julio de 2014, se informa sobre la labor de delimitación y elaboración del Expediente Técnico del Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, ubicado en el distrito de Carabayllo; Que, mediante Certificado de Búsqueda Catastral N° 402378673, de fecha 17 de diciembre de 2014, la Oficina Registral N° IX - Sede Lima, señala que el predio de 200009.08 m2, que comprende al Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, se visualiza comprendido en el ámbito del predio mayor inscrito en la Partida PE Nº 13180692 del Registro de la Propiedad Inmueble, cuya propiedad fue inscrita a favor de los señores Alberto Eduardo Samaniego Baquerizo y Carlos Eleuterio Vargas Rubio; Que, con Oficio Nº 138-2015-DSFL-DGPA/MC, de fecha 5 de febrero de 2015, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, notifica al señor Carlos Eleuterio Vargas Rubio, sobre el procedimiento de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Cerro Huarangal otorgándole un plazo diez (10) días hábiles para efectos de presentar, de considerarlo necesario alegaciones que estime pertinente; Que, mediante Oficio Nº 139-2015-DSFL-DGPA/MC de fecha 5 de febrero de 2015, recibido el 7 de febrero de 2015, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal informa al señor Alberto Eduardo Samaniego Baquerizo, sobre el procedimiento de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Cerro Huarangal otorgándosele un plazo de diez (10) días hábiles para efectos de presentar de considerarlo necesario, las alegaciones que estime pertinente; Que, mediante Informe Técnico N° 0751-2015-DSFLDGPA/MC, de fecha 25 de marzo de 2015, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura, informa de los resultados del Certificado de Búsqueda Catastral ante la Oficina Registral Nº IX ­Sede

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