Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2016 (16/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Martes 16 de febrero de 2016 /

El Peruano

numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Luis Salinas Montes, Director General de América, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, para participar del 17 al 18 de febrero de 2016, por la razón expuesta en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 16 al 19 de febrero de 2016. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje aéreo clase económica US$ 1 689,00 Viáticos por día US$ 430,00 Nº de días 2+1 Total viáticos US$ 1 290,00

Nombres y Apellidos

José Luis Salinas Montes

Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1345548-1

SALUD
Designan Alto Comisionado Sanitario del Ministerio, que presidirá el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria en el departamento de Lambayeque, así como Representante del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 085-2016/MINSA Lima, 12 de febrero del 2016 Vistos, los Expedientes N° 16-012822-001 y N° 16014740-001 que contienen el Informe N° 0013-2016-REFDVM-SP, el Informe N° 003-2016-COMITÉ-TÉCNICO DS N° 007-2014-SA, del Comité Técnico y el Informe N° 2152016-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2014-SA, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos en que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones o la existencia de un evento que interrumpa la continuidad de los servicios de salud, en el ámbito Nacional, Regional o Local; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 015-2015-SA, se incorpora en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156, aprobado por Decreto

Supremo N° 007-2014-SA, el "Capítulo VIII - DEL COMITÉ INTERGUBERNAMENTAL DE EMERGENCIA SANITARIA", estableciéndose en sus artículos 27, 28 y 29 que dicho Comité Intergubernamental se encuentra encargado de articular una respuesta conjunta entre la autoridad sanitaria nacional y los gobiernos regionales frente a cada situación de emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo; así también, se señala que el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria está adscrito al Ministerio de Salud y conformado por el Alto Comisionado Sanitario del Ministerio de Salud quien lo presidirá y por un representante del Ministerio de Salud, entre otros, que serán designados mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Decreto Supremo N° 030-2015-SA, se declaró en Emergencia Sanitaria, por el plazo de noventa (90) días calendario, a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, San Martín, Ancash, Lima, Ica, Arequipa, Cusco, Puno, Junín y en la Provincia Constitucional del Callao, así como en los departamentos de Loreto, Ucayali, Huánuco, Pasco y Madre de Dios; prorrogándose la Emergencia Sanitaria señalada, mediante Decreto Supremo N° 040-2015-SA, por un plazo de noventa (90) días calendario; Que, conforme a lo señalado en el documento de visto, "(...) 19 departamentos del País y la Provincia Constitucional del Callao se encuentran en Emergencia Sanitaria por el riesgo que para la continuidad de los servicios de salud y el riesgo de brotes o enfermedades se derivan del Fenómeno El Niño (...)"; Que, el Fenómeno El Niño, que motivó la emergencia sanitaria, ha generado las condiciones climáticas para que se incremente el riesgo de diseminación del vector Aedes aegypti, que podría generar un aumento de casos de dengue, fiebre Chikungunya e infección por el virus Zika; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de designar al Alto Comisionado Sanitario del Ministerio de Salud quien presidirá el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria en la Región de Lambayeque, declarada mediante Decreto Supremo N° 030-2015-SA y prorrogada mediante Decreto Supremo N° 040-2015-SA; y al representante del Ministerio de Salud, ante el Comité Intergubernamental en la región previamente señalada; Que, mediante el Informe N° 215-2016-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión favorable; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1156 que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos en que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones; y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al médico cirujano Infectólogo Máximo Manuel Espinoza Silva como Alto Comisionado Sanitario del Ministerio de Salud, quien presidirá el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria en el departamento de Lambayeque, declarada por el Decreto Supremo N° 030-2015-SA y prorrogada mediante Decreto Supremo N° 040-2015-SA. Artículo 2.- Designar a la obstetra Ana María Quiñones Vásquez, Asesora de Enlace Regional de Lambayeque, como Representante del Ministerio de Salud ante el Comité Intergubernamental de Emergencia Sanitaria en el departamento de Lambayeque, declarada por el Decreto Supremo N° 030-2015-SA y prorrogada mediante Decreto Supremo N° 040-2015-SA. Artículo 3.- Encargar al Alto Comisionado Sanitario del Ministerio de Salud, a coadyuvar al fortalecimiento técnico y operativo en el departamento para reducir el riesgo de incremento del Dengue y de introducción del virus Chikungunya y Zika, en un escenario de riesgo de diseminación del vector Aedes aegypti, en el marco de la Emergencia Sanitaria por el Fenómeno El Niño. Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se notifique a los profesionales designados. Artículo 5.- Disponer que la Oficina General de

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