Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2016 (04/06/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

588806

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Sábado 4 de junio de 2016 /

El Peruano

SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0480-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 25 de mayo de 2016 Visto el Expediente N° 1334-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 64 351,77 m² ubicado al Este de la Urbanización Progreso Nery, en la margen derecha de la carretera PE-1N (tramo BarrancaCasma), altura del kilómetro 295, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; y, CONSIDERANDO:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 64 351,77 m² ubicado al Este de la Urbanización Progreso Nery, en la margen derecha de la carretera PE-1N (tramo BarrancaCasma), altura del kilómetro 295, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° VII ­ Oficina Registral de Casma de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Regístrese y publíquese.

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 64 351,77 m² ubicado al Este de la Urbanización Progreso Nery, en la margen derecha de la carretera PE1N (tramo Barranca-Casma), altura del kilómetro 295, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral; Que, efectuada la consulta catastral, la Zona Registral N° VII ­ Sede Huaraz remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 26 de enero de 2016 elaborado en base al Informe Técnico N° 0040-2016-Z.R.N°VII/OCOR-CASMA-R de fecha 14 de enero de 2016 (folio 20) donde señala que el predio no se superpone con predios inscritos; Que, realizada la inspección técnica con fecha 05 de mayo de 2016 (folio 25) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, forma irregular, composición de suelo arenoso en su mayor extensión y, con afloramiento rocoso en menor área, topografía con pendientes que oscilan entre 5% y 15% aproximadamente, encontrándose libre de ocupaciones, a la fecha de la inspección; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 64 351,77 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0585-2016/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 20 de mayo de 2016 (folios 26 y 27);

FERNANDO JAVIER LUYO ZEGARRA Subdirector (e) de Administración del Patrimonio Estatal 1388827-22 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0481-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 25 de mayo de 2016 Visto el Expediente N° 439-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 4 365 587,93 m², ubicado a 10,8 kilómetros al Norte del Centro Poblado Culebras, al Sur del cerro La Cumbre, a la margen izquierda de la carretera Panamericana Norte, altura del kilómetro 321 al 325 (tramo Culebras-Casma), distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 4 365 587,93 m², ubicado a 10,8 kilómetros al Norte del Centro Poblado Culebras, al Sur del cerro La Cumbre, a la margen izquierda de la carretera Panamericana Norte, altura del kilómetro 321 al 325 (tramo Culebras-Casma), distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral; Que, efectuada la consulta catastral, la Zona Registral N° VII ­ Oficina Registral de Casma remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 16 de febrero de 2016 elaborado en base al Informe Técnico N° 0158-2016-Z.R.N°VII/OCHZ de fecha 10 de febrero de 2016 (folio 05) donde señala que el predio no se encuentra ubicado sobre áreas que correspondan a predios inscritos; Que, realizada la inspección técnica con fecha 04 de mayo de 2016 (folio 10) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, forma irregular, composición de suelo arenoso-arcilloso con presencia de rocas, con una topografía accidentada con pendientes planas y moderadamente inclinadas que oscilan entre 5% y 20% aproximadamente, encontrándose libre de ocupaciones, a la fecha de la inspección; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.