Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2016 (04/06/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

588812

NORMAS LEGALES

Sábado 4 de junio de 2016 /

El Peruano

Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1387805-1

que conducen las unidades agropecuarias seleccionadas a nivel nacional, la misma que se realizará mediante entrevista directa y estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas. Artículo 2º.Aprobar, los Cuestionarios correspondiente de la referida Encuesta, los mismos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Establecer, como periodo de ejecución de la "Encuesta Nacional Agropecuaria 2016", del 7 de junio al 15 de noviembre del año 2016. Regístrese y comuníquese,

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan la ejecución de la "Encuesta Nacional Agropecuaria 2016" a nivel nacional
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 180-2016-INEI Lima, 30 de mayo de 2016 Visto el Oficio Nº 1797-2016-INEI-DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicitando se autorice la ejecución de la "Encuesta Nacional Agropecuaria 2016". CONSIDERANDO:

ANIBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1387161-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador a Noruega, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 135-2016/SUNAT Lima, 2 de junio de 2016

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organización y funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática", el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, encargado entre otros, de normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizados por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas oficiales del país; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Agricultura y Riego, ejecutará por tercer año, la "Encuesta Nacional Agropecuaria 2016", que tiene como objetivo estimar los usos de la tierra, superficie sembrada, superficie cosechada, producción, rendimiento de los principales cultivos transitorios y permanentes, la producción de leche y el inventario ganadero. Así como, generar información para la construcción de indicadores del sector agropecuario, en el marco del Presupuesto por Resultados, que permitan evaluar de forma continua la evolución de dichos indicadores y contribuir al diseño y orientación de políticas públicas para el mejoramiento de las condiciones de vida de la población; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas ha evaluado los documentos metodológicos de la mencionada Encuesta, tales como: Ficha Técnica, Manuales y los Cuestionarios correspondientes, por lo que resulta necesario autorizar su ejecución, conforme a lo dispuesto por los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 0432001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, con la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, la ejecución de la "Encuesta Nacional Agropecuaria 2016" dirigida a los pequeños, medianos y grandes productores/as agropecuarios/as,

CONSIDERANDO: Que mediante carta s/n de fecha 23 de mayo de 2016, la Secretaría del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información Tributaria cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para participar en la Vigésimo Tercera Reunión del Grupo de Revisión de Pares del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información Tributaria, que se llevará a cabo en la ciudad de Oslo, Reino de Noruega, del 20 al 23 de junio de 2016; Que el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información Tributaria es un órgano de primer nivel para asegurar la implementación de los estándares internacionales de transparencia e intercambio de información en el área tributaria en un contexto en que la transparencia fiscal es vista como un componente clave de la estabilidad financiera global; Que el citado Foro Global está conformado por los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos ­ OCDE y aquellas jurisdicciones que han acordado implementar los estándares internacionales de transparencia e intercambio de información; Que el Perú forma parte del referido Foro Global desde el mes de octubre de 2014, habiéndose iniciado el proceso interno con el fin de atender el compromiso del sometimiento a la revisión de pares, en el cual se encuentra trabajando la SUNAT conjuntamente con el Ministerio de Economía y Finanzas ­ MEF; Que como parte de este proceso, el grupo de revisión de pares (PRG, por sus siglas en inglés) realiza reuniones con el equipo evaluador y los delegados de los países y las jurisdicciones que vienen siendo evaluadas, con la finalidad de analizar los comentarios u objeciones que se pueda tener con relación al informe que se formule respecto de su marco jurídico regulatorio, permitiendo a su vez, atender los cuestionamientos que el PRG formule, proporcionar la información objetiva que sea necesaria, y presentar los argumentos que se requieran. Asimismo, las referidas reuniones permiten observar la metodología, formalidades y herramientas que deben utilizar los países que se encuentran en evaluación por el PRG, proceso al cual será sometido el Perú próximamente;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.