Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2016 (04/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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RESOLUCIÓN SBS Nº 2894-2016 Lima, 25 de mayo del 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA:

NORMAS LEGALES

Sábado 4 de junio de 2016 /

El Peruano

RESOLUCIÓN SBS Nº 2896-2016 Lima, 25 de mayo del 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Mibanco Banco de la Microempresa SA, para que se le autorice el cierre de una (01) agencia según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. el cierre de la agencia "Tacna Matriz" ubicada en Calle Apurímac Nº 245, distrito, provincia y departamento de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese.

La solicitud presentada por Mibanco Banco de la Microempresa S.A., para que se le autorice el cierre de una (01) agencia según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. el cierre de la agencia "Avelino Cáceres" ubicada en Av. Daniel Alcides Carrión Nº 739, Urb. Casapía Mz. B lote 7A, distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1388039-2 RESOLUCIÓN SBS Nº 2895-2016 Lima, 25 de mayo del 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Mibanco Banco de la Microempresa S.A., para que se le autorice el cierre de una (01) agencia según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS Nº 2402013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. el cierre de la agencia "Arequipa Matriz" ubicada en Calle Piérola Nº 237 con Deán Valdivia Nº 177, distrito, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1388040-2

PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1388040-1

Autorizan inscripción de persona jurídica en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 2933-2016 Lima, 25 de mayo de 2016 EL SECRETARIO GENERAL (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por la señora Aurora Pratto Quintanilla para que se autorice la inscripción de la empresa SEGURAMA CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el citado Registro; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, la Comisión Evaluadora Interna de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluación Interna de Expediente N° 11-2016-CEI celebrada el 26 de abril de 2016, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; y,

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