Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2016 (15/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Miércoles 15 de junio de 2016 /

El Peruano

de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 369 229,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), destinada al financiamiento de la reformulación y ampliación del Estudio de PreInversión a nivel de Perfil del Proyecto "Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado en Nuevas Habilitaciones Partes Altas de Huaycán II, que forman parte de los Sectores 150, 151, 152, 153 y 154 - Distrito de Ate"; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo Nº 3042012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 369 229,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), destinada al financiamiento de la reformulación y ampliación del Estudio de PreInversión a nivel de Perfil del Proyecto "Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado en Nuevas Habilitaciones Partes Altas de Huaycán II, que forman parte de los Sectores 150, 151, 152, 153 y 154 - Distrito de Ate". Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para lo cual, se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 5.- Información La Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades, a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y de la adenda al convenio suscrita por las partes. Regístrese, comuníquese y publíquese FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1391987-1

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencia financiera para la ejecución de la actividad "Transferencia para las Operaciones Conjuntas para el Control de Oferta de Drogas", a favor del Ministerio de Defensa/CCFFAA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 087-2016-DV-PE Lima,14 de junio de 2016 VISTO: El Memorándum Nº 262-2016-DV-PPCOD, de fecha 23 de mayo de 2016, emitido por la Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú" ­ PP GIECOD y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene como función "Diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los Sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación"; Que, el acápite vi) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas - PTCD" y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú - GIECOD"; precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las Entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, siendo que tal resolución, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo citado en el párrafo anterior, establece que la Entidad Pública que transfiere los recursos en virtud del numeral 15.1 del mismo artículo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, mediante Informe Nº 022-2015-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de proyectos y actividades que serán financiados con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios"; siendo que entre ellos se priorizó la actividad "Transferencia para las Operaciones Conjuntas para el Control de Oferta de Drogas" con el Ministerio de Defensa/ Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas - CCFFAA; Que, para tal efecto, con fecha 04 de enero de 2016, DEVIDA y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

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