Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2016 (20/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Lunes 20 de junio de 2016 /

El Peruano

i. Una (01) prueba de neutralización del virus con un periodo de incubación de la mezcla suero-virus por 24 horas; o ii. Una (01) prueba de ELISA de bloqueo, o iii. Una (01) prueba de IgE ELISAs para bovinos vacunados con una vacuna marcadora. Efectuadas a partir de una muestra sanguínea tomada con un plazo mínimo de 21 días, después de la colección del semen; O b. Si el toro donador era seropositivo, una parte alícuota de cada toma de semen antes de congelarlo ha sido probada con las siguientes pruebas y han resultado negativas a: i. Una (01) prueba de aislamiento de virus mediante dos (2) pasajes en huevos de gallina embrionados o de células de oveja; o ii. Una (01) prueba de Identificación de virus por PCR. 13. Diarrea viral bovina Los toros donadores han sido aislados antes de la toma de semen, por un periodo de 28 días, y dieron resultado negativo a: · Una (01) prueba de aislamiento de virus con muestras de células de leucocitos, sangre completa, leucocitos lavados o suero con la adición de un sistema de inmunomarcaje (Inmunoperoxidasa o Fluorescencia),o · Identificación del agente en sangre, plasma o suero por la prueba de ELISA de captura de antígenos (ELISA de captura E RNS), o · Identificación del agente en sangre, plasma o suero por la prueba de PCR con transcripción inversa (RT-PCR). 14. Lengua Azul: Los toros donadores permanecieron en una zona libre del virus de lengua azul durante los 60 días anteriores a la primera toma de semen y durante todo el periodo de la toma. Y a. Entre los veintiocho (28) y sesenta (60) días después de la última toma de semen para la exportación, los resultados fueron negativos: i. Una prueba de ELISA competitiva, o ii. Una prueba de Inmunodifusión en Agar Gel O b. Resultados negativos una de las siguientes pruebas, tomadas a partir de muestras de sangre: i. Dos (02) pruebas de Aislamiento de Virus, tomadas al principio y al final del periodo de toma de semen, y por lo menos cada 7 días, o ii. Dos (02) pruebas de PCR, tomadas al principio y final del periodo de recolección del semen con un intervalo de un mínimo de veintiocho (28) días entre cada muestreo. 15. El semen fue colocado en pajuelas individuales identificadas de acuerdo con las recomendaciones del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE. 16. El termo/contenedor para el trasporte del semen es nuevo o fue limpiado y desinfectados (escoja una opción y borre la otra) con un producto autorizado y sellado bajo supervisión del Veterinario del CIA antes de su transporte al lugar de embarque. 17. El embarque de semen fue sellado por un Veterinario Oficial en el punto de salida del país. III. INFORMACIONES ADICIONALES: En las pajillas deberá ir impreso el nombre y registro del toro, la raza, fecha de recolección y procesamiento, identificación o código del centro.

ESTOS REQUISITOS SANITARIOS, DEBEN REMITIDOS A SU PROVEEDOR, A FIN DE LOS CERTIFICADOS SANITARIOS EMITIDOS LOS SERVICIOS VETERINARIOS INCLUYAN EXIGENCIAS ANTES DESCRITAS.

SER QUE POR LAS

DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACION CON ESTOS REQUISITOS LA MERCANCIA SERA DEVUELTA AL PAIS DE ORIGEN, SIN LUGAR A RECLAMO ANEXO V REQUISITOS SANITARIOS PARA LA IMPORTACION DE EMBRIONES DE BOVINO RECOLECTADOS IN VIVO PROCEDENTE DE AUSTRALIA El material de reproducción (embriones de bovino) estará amparado por un Certificado Sanitario, expedido por la Autoridad Oficial de Sanidad Animal de Australia, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos: Que: I. IDENTIFICACIÓN: El certificado deberá consignar el nombre y dirección del exportar e importador, y la identificación completa del embrión exportado. La información adicional debe incluir: 1. Número oficial, nombre y dirección del Centro de Transferencia de embriones o Unidad Móvil. 2. Identificación del semen: Identificación del toro donador y del Centro de Inseminación Artificial 3. Fecha de recolección de embriones. 4. Identificación de las vacas donadoras 5. Cantidad total (unidades) II. REQUISITOS SANITARIOS: 1. Australia es oficialmente libre de Fiebre Aftosa Sin vacunación, Pleuroneumonía Contagiosa Bovina, Peste bovina, Dermatosis Nodular Contagiosa, Fiebre del Valle del Rift, Brucelosis bovina (B. abortus) y Tuberculosis bovina. 2. Los embriones se han recogido de vacas donadoras que se encuentran en un centro de recolección de embriones autorizado y supervisado por la Autoridad Oficial Competente de Australia, avalado SENASA-Perú. 3. El Centro de Recolección de Embriones y al menos en un radio de 10 km a su alrededor, no está ubicado en una zona bajo cuarentena o restricción de la movilización de bovinos durante sesenta (60) días previos a la recogida de embriones. 4. El embrión fue tomado, manipulado y almacenado por el equipo del Centro de recolección de embriones de conformidad con lo dispuesto en el Código Sanitario de los Animales Terrestres de la OIE vigente y las recomendaciones de la Sociedad Internacional de Transferencia de Embriones. 5. Los embriones (táchese la opción que no corresponda): a. Fueron fecundados con semen que procede de un Centro de Inseminación Artificial autorizado para exportar semen y cumple con los requerimientos mínimos para el control de enfermedades producidas por inseminación artificial o sus equivalentes, según lo establecido por el Código de la OIE; o b. Fueron fecundados con semen importado legalmente a Australia, procedente de (indicar el país) el cual no ha presentado casos del virus de Schmallenberg 6. Las vacas donadoras: a. Nacieron en Australia, o b. Han vivido en Australia por más de seis (06) meses anteriores a la toma de embriones. 7. Las vacas donadoras han permanecido al menos treinta (30) días en el establecimiento original o centro de recolección de embriones.

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