Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2016 (23/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

Lunes 23 de mayo de 2016 /

El Peruano

Res. Nº 2654-2016.- Autorizan a Financiera Proempresa S.A. la apertura de oficina especial ubicada en el distrito de Lurigancho Chosica, provincia y departamento de Lima 587817 Res. Nº 2675-2016.- Autorizan a Compartamos Financiera S.A. el traslado de agencia en el departamento de Piura 587818 Res. Nº 2715-2016.- Autorizan al Banco Cencosud S.A. la apertura de oficina especial en el departamento de Arequipa 587818

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanzas Nºs. 1958, 1959, 1960 y 1961.- Aprueban desafectación de áreas de uso público en el distrito de La Molina 587819

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO R.D. Nº 0904.- Designan responsable del Portal de Transparencia Estándar (PTE) de la Dirección Regional de Educación Cusco 587818

Ordenanza Nº 004-2016-MPH/CM.- Delegan funciones inherentes a los Registros Civiles a la Municipalidad del Centro Poblado Santa Teresa 587820 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHICLA Ordenanza Nº 007-2016-OM-MDCH-H.- Aprueban Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas - RAMSA de la municipalidad, y el CUIS 587821

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Declaran el Estado de Emergencia en once distritos de las provincias de Tambopata, Manu y Tahuamanu del departamento de Madre de Dios, por contaminación por mercurio en el marco de la Ley 29664 sobre Gestión de Riesgo de Desastres
DECRETO SUPREMO Nº 034-2016-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 68.4 de artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, la solicitud de Declaratoria de Emergencia, podrá ser requerida con la debida sustentación por los titulares de los Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados, comprometidos por la emergencia, los que canalizarán su solicitud a través del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, mediante Oficio Nº 559-2016-DM/MINSA, de fecha 16 de mayo de 2016, el Ministro de Salud, con fundamento en: (i) las Notas Informativas Nº 029-2016-DVM-SP/MINSA del Viceministerio de Salud Pública y Nº 361-2016-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, ambas de fecha 16 de mayo de 2016, las mismas que a su vez se sustentan en los Informes (ii) Nº 1819-2016/DSA/ DIGESA, de fecha 16 de mayo de 2016, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud; (iii) Nº 0031-2016-MINAM/ VMGA/DGCA/RIESGOS, de fecha 16 de mayo de 2016, de la Dirección General de Calidad Ambiental remitido con Oficio Nº 122-2016-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental del Ministerio del

Ambiente; (iv) Nº 000016-2016-GPZ/VMI/MC, de fecha 16 de mayo de 2016, del Despacho Viceministerial de Interculturalidad remitido con Oficio Nº 235-2016-VMI/ MC del Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura; y, (v) el Oficio Nº 212-2016-SANIPES/DE, de fecha 16 de mayo de 2016, de la Dirección Ejecutiva del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES); da cuenta del estado de contaminación por mercurio de las aguas de los ríos, de especies hidrobiológicas y de la población por valores superiores a los límites máximos permisibles a consecuencia de la minería artesanal que se desarrolla en el departamento de Madre de Dios; y, solicita se apruebe el Estado de Emergencia, por la contaminación con mercurio, que afecta a la población en su salud y medios de vida, en el departamento de Madre de Dios, indicando también que la capacidad del Gobierno Regional ha sido sobrepasada; Que, de otro lado, el numeral 68.2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM, establece que el INDECI emite opinión sobre la procedencia de la solicitud, a cuyo fin emite el informe técnico respectivo; Que, mediante Informe Técnico Nº 00008-2016-INDECI/11.0, de fecha 17 de mayo de 2016, el Director de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), teniendo en consideración la solicitud presentada por el Ministro de Salud con el sustento correspondiente contenidos en los documentos señalados en el considerando anterior y que expresan a la vez la opinión técnica del sector Salud; señala que distintos grupos poblacionales del departamento de Madre de Dios presentan niveles de mercurio en su organismo, por encima de los límites máximos permisibles, lo que conlleva serios, crónicos y complejos problemas de salud, particularmente en niños y mujeres embarazadas; asimismo, que la contaminación con mercurio del aire, agua, sedimentos y peces, es consecuencia de las prácticas inadecuadas utilizadas por la minería ilegal e informal durante la extracción y beneficio del oro aluvial; y que además existe población que se ubica fuera de las zonas de extracción minera que están en alto riesgo de ser afectadas por contaminación de mercurio en razón de los niveles altos de concentración de este mineral detectados en el ambiente y en distintas especies de peces, en especial de la especie Mota Punteada (Calophysus macropterus) que forma parte de la dieta habitual de la población en Madre de Dios; habiendo sido rebasada la capacidad de respuesta del Gobierno Regional de Madre de Dios;

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