Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2016 (16/11/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano / Miércoles 16 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

604315

recibos de pago fedateados correspondientes a la cuota inicial, servicios de agua, luz y/o teléfono para el procedimiento de fraccionamiento, en cumplimiento del principio de simplicidad administrativa. DISPOSICIONES FINALES Primera Disposición.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y regirá hasta el 30 de noviembre del 2016. Segunda Disposición.- Facúltese al señor Alcalde para que por Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para el debido cumplimiento de la presente norma y la prórroga de la fecha establecida en la Primera Disposición Final. Tercera Disposición.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia Relaciones Públicas y Comunicaciones y demás dependencias de la Administración Municipal el estricto cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Estadística tomar acciones y/o medidas técnicas necesarias para la implementación del Sistema de Rentas SATMUN XP. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS Alcalde 1453864-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
Aprueban la participación de la Municipalidad en eventos académicos internacionales a realizarse en Argentina y Panamá
ACUERDO MUNICIPAL Nº 111-2016-MPC Cusco, 17 de octubre de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 17 de octubre de 2016, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificatorias y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos específicos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno; Que, el numeral 11 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece

que corresponde al Concejo Municipal, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el acalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, el numeral 27 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores; Que, el artículo 10º, literal c), de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Ley Nº 30372 establece que están exceptuados de la prohibición de viajes al exterior, los altos funcionarios y autoridades del Estado señalados en el artículo 2 de la Ley 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas, y modificatoria; entre los que se encuentran los alcaldes y regidores provinciales, cuyas autorizaciones se aprueban mediante Acuerdo del Concejo Municipal, el que es publicado en el diario oficial El Peruano; Que, el artículo 16º del Estatuto de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., señala: "En tanto no participen otras personas naturales o jurídicas en el capital social de la CMAC CUSCO S.A., los acuerdos de Junta General de Accionistas serán tomados por el Concejo Municipal Provincial del Cusco, no siendo requisito de validez del acuerdo el haber sido convocada la reunión por el Directorio. Los acuerdos tomados por el Concejo Municipal Provincial se remitirán a la CMAC CUSCO S.A. y se insertarán en el Libro de Actas de la Junta General de Accionistas"; Que, mediante Carta Nº 57-2016-D-CMAC-C, ingresada al Despacho de Alcaldía con Registro Nº 3550, de fecha 04 de octubre de 2016, Carta Nº 62-2016-D-CMAC-C, de fecha 05 de octubre de 2016, Carta Nº 63-2016-D-CMAC-C, de fecha 07 de octubre de 2016, Mg. José Carlos Huamán Cruz ­ Presidente del Directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., informa que en Sesión de Directorio de la CMAC CUSCO S.A., de fecha 27 de septiembre de 2016, se acordó invitar gentilmente al Alcalde y a los Regidores que integran el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco a eventos académicos internacionales; precisando además, que dichos eventos de la especialidad en microfinanzas generalmente se programan en el último trimestre de cada año, en los que se desarrollan temas de importancia para el sector en el que se desenvuelve la CMAC CUSCO S.A., por ello también es trascendente la participación de integrantes del Concejo Municipal, quienes forman parte de la Junta de Accionistas de la CMAC CUSCO S.A.; indicando además, que el Alcalde podrá elegir los eventos que considere pertinentes y los regidores deberán elegir uno de los eventos mencionados, ello considerando que se tiene la intención de cumplir con el Plan de Capacitación de la CMAC CUSCO S.A. 2016 ­ 2017, que comprende la participación de la Junta General de Accionistas en eventos académicos internacionales. Señalando además, que en el supuesto que no pueda concurrir el Alcalde podrá delegar en su representación a un (1) regidor del Concejo Municipal. Siendo estos eventos internacionales los siguientes:
FECHA 10, 11 y 12 de octubre de 2016 EVENTO 8vo. Comité Directivo GRULAC / XXII Asamblea Anual del Grupo Regional de América Latina y El Caribe LUGAR Panamá Guatemala Jamaica Buenos Aires, Argentina

17 y 18 de octubre IV CLEC - Congreso Latinoamericano de de 2016 Banca y Economía de América Latina 24, 25 y 26 de octubre de 2016 5, 6, 7 y 8 de noviembre de 2016 FOROMIC 2016 50º Asamblea Anual FELABAN 2016

Que, mediante Carta Nº 06-2016-STD-CMAC-C, Carta Nº 07-2016-STD-CMAC-C, Carta Nº 08-2016-STDCMAC-C, Carta Nº 09-2016-STD-CMAC-C y Carta Nº 10-2016-STD-CMAC-C, de fechas 17 de octubre de 2016, Nelson Porras Condori ­ Secretario Técnico del Directorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., informó a Richard Suárez Sánchez, Carlos Aguilar Ortiz,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.