Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2016 (16/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de noviembre de 2016 /

El Peruano

DERECHO DE TRAMITE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD i) Mayor 50,000 m2 INSPECCIONES TECNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PREVIA A EVENTO YIO ESPECTÁCULO PÚBLICO a) Hasta 3000 espectadores Duplicado del certificado de inspección técnica de seguridad en edificaciones SUBGERENCIA DE OBRAS PÙBLICAS Y TRANSPORTE Autorización para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones Autorización de instalación de estaciones de radiocomunicación Regularización de la instalación de infraestructura de telecomunicaciones Regularización de instalación de estaciones de radiocomunicación 0.248% 0.248% 0.248% 0.248% 9.80 9.80 9.80 9.80 (% UIT Año 2016) S/. 3,950.00 16.081% 4.970% 0.585% (Nuevos Soles S/.) 635.20 196.30 23.10

Artículo Sexto.- Publicidad La presente Ordenanza y el acuerdo ratificatorio estarán disponibles en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (www. munimagdalena.gob.pe) y en el portal electrónico de Servicio de Administración Tributaria ­ SAT (www.sat.gob. pe). Artículo Sétimo.- El Anexo I que contiene los procedimientos y servicios aprobados en la presente Ordenanza, será publicado en el Portal Institucional y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Artículo Octavo.- La presente Ordenanza y las partes que la integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifique y de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados, en los términos previstos en la Ley Nº 29091 y su Reglamento.

Artículo Noveno.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe los formatos y formularios, exigidos como requisitos en la tramitación de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA, los mismos que serán de libre reproducción. Artículo Décimo.- Deróguese la Ordenanza Nº 035-2016-MDMM y toda disposición que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Décimo Primero.- Encargar el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza y sus anexos, a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1453584-1 generadas por las ferias que se realizan en la Plaza Túpac Amaru del distrito, solicitando se realice una modificación a la Ordenanza Nº 223-MDMM a fin de Salvaguardar la Tranquilidad Pública prohibiéndose las mismas; Que, la propuesta presentada cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente; ORDENANZA

Modifican la Ordenanza N° 223-MDMM que prohíbe ferias en la Plaza Túpac Amaru
ORDENANZA Nº 042-2016-MDMM Magdalena, 4 de noviembre de 2016 ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 223-MDMM QUE PROHIBE FERIAS EN LA PLAZA TUPAC AMARU DE MAGDALENA DEL MAR EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 27 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 037-2016-GDSE -MDMM emitido por la Gerencia de Desarrollo Social y Económico y el Informe Nº 689-2016-GAJ-MDMM emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, dentro de las políticas de esta Administración se encuentra la de recuperar la naturaleza, calidad y destino del espacio público, en respuesta a la diversidad de demandas sobre él; Que, mediante Ordenanza Nº 223-MDMM y modificatorias, se prohibieron la realización de eventos, actividades o similares en el Parque Túpac Amaru del distrito; Que, mediante Informe Nº 037-2016-GDSE-MDMM, la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, informa y remite documentos que sustentan múltiples quejas vecinales, recibidas por diversos motivos, que son

Artículo Primero.- MODIFICAR los Artículos Segundo, Cuarto y Quinto de la Ordenanza Nº 223MDMM y modificatorias, quedando redactados de la siguiente manera: ... Artículo Segundo.- Están exceptuados de lo dispuesto en el artículo precedente los eventos, actividades y/o similares que realice la Municipalidad en el cumplimiento de sus funciones. Asimismo, están exceptuados los eventos, actividades y manifestaciones de carácter político y electoral, única y exclusivamente durante el plazo que rige la convocatoria oficial a elecciones generales y municipales, La Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana emitirá la autorización respectiva a la presentación de la solicitud por parte de la organización política que lo requiera. Artículo Cuarto.- La Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana velará por que las áreas y espacios del Parque Túpac Amaru de este distrito no sean utilizados indebidamente en contravención a la presente Ordenanza. De ser así dicha Gerencia queda facultada a ejercer las acciones necesarias en forma inmediata a la detección de la contravención, para hacer cumplir la presente Ordenanza sin perjuicio de la multa que deberá imponerse equivalente al 100% de la UIT vigente y la denuncia correspondiente. Artículo Quinto.- MODIFICAR la siguiente infracción al Cuadro de Infracciones y Administrativas vigente:

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