Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2016 (28/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Lunes 28 de noviembre de 2016 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Financiera Confianza S.A.A. el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de Cusco
RESOLUCIÓN SBS Nº 6047-2016 Lima, 15 noviembre del 2016 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Confianza S.A.A. para que se le autorice el traslado de una (01) oficina, en la modalidad de agencia, ubicada en el departamento de Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 13333-2009 de fecha 23.09.2009, se autorizó a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Nuestra Gente la apertura de una agencia ubicada en la Calle Manco Inca Nº 204, 206 y 208, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco; Que, mediante Resolución SBS Nº 3584-2013 del 11.06.2013 se convalidaron las autorizaciones de apertura de oficinas otorgadas, en su oportunidad, a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Nuestra Gente y Financiera Confianza S.A., las cuales, como efecto de la fusión por absorción celebrada entre ambas entidades, autorizada mediante Resolución SBS Nº 245-2013 del 16.04.2013, quedaron como otorgadas a la Financiera Confianza S.A.A. Que la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para el traslado de dicha agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "B"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Confianza S.A.A. el traslado de la oficina ubicada en la Calle Manco Inca Nº 204, 206 y 208, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, hacia el nuevo local ubicado en la Sección 01 (Tienda Nº 01) semisótano de primer y segundo nivel del lote Nº 02, Manzana "D" de la Asociación pro vivienda Pueblo Libertador, distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTIN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1457596-1

CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, en el artículo 191º, establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; y en su artículo 192º inciso 1) dispone que: "Los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto"; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR del 12 de setiembre de 2011, en su artículo 8º, numeral 3, señala como atribución del Consejo Regional, además de las señaladas en el artículo 15º de la Ley Nº 27867, el "Autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente Regional, así como a los Consejeros Regionales a salir del país en comisión de servicios (...)"; Que, mediante Ley Nº 27619, de fecha 21 de diciembre de 2001, se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gastos al Tesoro Público, habiendo establecido en su artículo 4º que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la Escala de Viáticos aprobada por decreto supremo. En ese sentido, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002, se aprobó la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, la cual fue modificada mediante Decreto Supremo Nº 056-2014-PCM, publicado el 19 de mayo de 2013 en el Diario Oficial "El Peruano", y que estableció para América del Sur el monto de $ 370.00 dólares americanos por concepto de viáticos diarios; Que, mediante Informe Nº 094-2016/GRP-450000 del 10 de noviembre de 2016, el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Ing. Ronald Paciano Ruíz Chapilliquén, puso en conocimiento del Consejero Regional por la provincia de Ayabaca, Sr. Walter Alberto Troncos Calle, que el 16 de septiembre de 2016 en el auditorio de la Municipalidad Distrital de Suyo, se llevó a cabo la Primera Mesa de Trabajo Binacional Perú ­ Ecuador, que según acuerdos tomados se ha programado llevar a cabo la Segunda Mesa de Trabajo Binacional Ecuador ­ Perú en el cantón Macará, con el objeto de formalizar la conformación de la Mesa Técnica Binacional con autoridades ecuatorianas y peruanas para la delimitación de las fajas marginales binacionales Perú ­ Ecuador, en el río Macará tramo a al altura de la bocatoma canal Tutumo Cachaco y Puente Internacional La Tina ­ Macará, 12 kilómetros aproximadamente. En ese sentido, el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente solicita al Consejero Regional por la provincia de Ayabaca, su participación en la Segunda Mesa de Trabajo Binacional Ecuatoriana ­ Peruana, el día martes 29 de noviembre de 2016, a las 10:00 a.m., en el Auditorio del Cantón Macará; Que, mediante Memorando Nº 040-2016/GRP-200000 del 18 de noviembre de 2016, el Consejero Regional por la provincia de Ayabaca puso en conocimiento de la Secretaría del Consejo Regional la invitación cursada por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, solicitando poner en consideración del Pleno del Consejo para las acciones correspondientes; Que, mediante Memorando Nº 081-2016/GOBIERNO REGIONAL PIURA-100000-VG del 21 de noviembre de 2016, el Vice Gobernador Regional, Econ. Alfredo Neyra Alemán, solicitó autorización de viaje en comisión de servicios al extranjero en representación del Gobernador Regional para asistir a la Segunda Mesa de Trabajo Binacional Ecuador ­ Perú en el cantón Macará; y con Memorando Nº 082-2016/GOBIERNO REGIONAL PIURA-100000-VG del 21 de noviembre de 2016, solicitó autorización de salida al exterior del Sr. César Dolfi Valdiviezo Calle, conductor del vehículo de placa de rodaje Nº EGV 078 asignada a la Vice Gobernación, a la ciudad de Macará Ecuador el día 29 de noviembre de 2016; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión Ordinaria Nº 11 - 2016, celebrada el día 23 de noviembre de 2016, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Autorizan viaje de Consejero Regional, Vice Gobernador y servidor a Ecuador, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 1302-2016/GRP-CR Piura, 23 de noviembre de 2016

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