Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2016 (18/10/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

601860

NORMAS LEGALES

Martes 18 de octubre de 2016 /

El Peruano

Artículo 5.- Grupo de Trabajo El "AYNI Lab-social" está a cargo de un Grupo de Trabajo integrado por profesionales con experiencia en seguimiento y evaluación de políticas sociales, conformado por los siguientes integrantes: a) El(la) Viceministro(a) de Políticas y Evaluación Social, quien la preside. b) El(la) Viceministro(a) de Prestaciones Sociales. c) El(la) Director General de Seguimiento y Evaluación. d) El(la) Director General de Calidad de Prestaciones Sociales. e) El(la) Director General de Coordinación de Prestaciones Sociales. f) El Director(a) de Evaluación de Políticas. g) El(la) Jefe(a) de la Oficina de Planeamiento e Inversiones. La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo del Director(a) General de Seguimiento y Evaluación Artículo 6.- Funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo del "AYNI Lab-social" tiene las siguientes funciones: a) Identificar y priorizar necesidades urgentes de atención vinculadas a las prioridades de la política social, utilizando para ello diversas herramientas e instrumentos. b) Coordinar con otras entidades del Estado, la cooperación internacional o instituciones privadas la implementación de fondos concursables, lo que incluye su participación desde los actos preparatorios para lograr el acompañamiento de algún fondo concursable hasta la evaluación del proyecto piloto. c) Realizar el seguimiento a la ejecución de los concursos de innovación social y a la implementación de la propuesta, a nivel de piloto en ambiente controlado y escaladas a partir de la confirmación de logros esperados. d) Acompañar al equipo de expertos en la evaluación de las propuestas de solución a los problemas priorizados, de conformarse la mesa temática de expertos. e) Otras que le encomiende el(la) Viceministro(a) de de Políticas y Evaluación Social. Artículo 7.- Apoyo técnico y administrativo Los órganos y Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social deberán brindar el apoyo técnico, legal y administrativo que requiera el "AYNI LabSocial", para el mejor cumplimiento de sus funciones. Artículo 8.- Participación de otras entidades, especialistas e investigadores El "AYNI Lab-social" puede contar con el apoyo, cooperación y colaboración de otras entidades públicas o privadas, nacionales, extranjeras o internacionales, de especialistas, expertos, investigadores y académicos. Artículo 9.- Manual de Operaciones El "AYNI Lab-social" contará con un Manual de Operaciones, en el que se detalle sus objetivos, misión, visión, funcionamiento, reglamento interno del Grupo de Trabajo, entre otros aspectos, el cual será aprobado por Resolución del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social. Artículo 10.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional del Pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social u otras entidades públicas o privadas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1442229-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Pliego Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI
DECRETO SUPREMO Nº 287-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprueba entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI y 038: Ministerio de la Producción; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece, entre otros, que las entidades que cuentan con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, salvo para las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboración de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseño, seguimiento y evaluación del desempeño en el marco del presupuesto por resultados, señalando que dichas modificaciones presupuestarias se realizarán mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, el artículo 84 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, señala que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) genera información estadística necesaria para el seguimiento de los indicadores y evaluación de las intervenciones públicas en los ámbitos correspondientes a sus funciones y competencias, específicamente en los casos en que la información estadística no pudiera ser generada por los sistemas estadísticos propios de las entidades públicas y/o aquella vinculada a las intervenciones públicas priorizadas por la Dirección General de Presupuesto Público, en el marco de la implementación del Presupuesto por Resultados; Que, mediante Memorando N° 1591-2016-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPR el Director General de Políticas y Regulación (e) del Ministerio de la Producción en su calidad de responsable técnico del programa presupuestal 0093: Desarrollo Productivo de las Empresas, adjunta el Informe N° 059-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPR/jcondezoa que sustenta la necesidad de realizar la Encuesta Nacional de Empresas 2016, que permitirá contar con información estadísticamente representativa a nivel nacional y para distintos sectores productivos a fin de medir los indicadores de desempeño del programa presupuestal 0093: Desarrollo Productivo de las Empresas, implementado en el marco del Presupuesto por Resultados; señalando que el costo que irrogará la ejecución de la citada encuesta asciende a la suma de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES (S/ 4 651 817,00); Que, mediante Informe N° 551-2016-PRODUCE/ OGPP-OP la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción, señala que el pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001 Ministerio de la Producción, cuenta con los recursos presupuestales disponibles en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a fin de efectuar la transferencia de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.