Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2016 (02/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Viernes 2 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

598043

N.° 135-2010-RE y sus modificatorias; la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modificatorias; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador Víctor Ricardo Luna Mendoza, a las ciudades de Beijing y Shanghai, República Popular China, del 10 al 16 de setiembre de 2016, y posteriormente a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 16 al 24 de setiembre de 2016, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución; autorizando su salida del país del 10 al 24 de setiembre de 2016. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje Aéreo clase económica Lima-Los ÁngelesBeijing-Nueva York US$ 8 325,00 Viáticos por día US$ Total Viáticos US$

VISTO: El Oficio Nº 295-2016-CONCYTEC-SG de la Secretaría General del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, y la Carta de fecha 5 de julio de 2016, de la Deutsches Zentrum für Luft- und Raumfahrt (DLR); y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por el Decreto Supremo N° 032-2007-ED y la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, dicha entidad se constituye en el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT, encargado de normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica; Que, conforme a las funciones contenidas en los Literales h) e i) del Artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2007-ED (en adelante, el TUO), corresponde al CONCYTEC promover la articulación de la investigación científica y tecnológica, la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales, para el mejoramiento de la calidad de vida y el impulso de la productividad y competitividad del país e implementar mecanismos de coordinación, intercambio y concertación entre las instituciones integrantes del SINACYT, así como con el empresariado, universidades, embajadas y otras entidades del país y del exterior; Que, el Artículo 16 del TUO, crea el Fondo Nacional de Desarrollo Científico y de Innovación Tecnológica FONDECYT, como una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, encargado de captar, gestionar, administrar y canalizar recursos de fuente nacional y extranjera, destinado a las actividades del SINACYT en el país; Que, mediante Carta de fecha 5 de julio de 2016, la Deutsches Zentrum für Luft- und Raumfahrt (DLR) en su rol de coordinador del proyecto ERANet-LAC, invita al señor Yahir Martín Delzo Lazo, Coordinador de la Unidad de Evaluación y Selección del FONDECYT, a la Reunión del Consorcio ERANet-LAC y a la Reunión de Decisiones Finales de Financiamiento (FUM), que se realizarán del 6 al 9 de setiembre de 2016, en la ciudad de Panamá, República de Panamá; asimismo, precisa que el proyecto asumirá los gastos de pasajes aéreos y alojamiento; Que, conforme al documento citado en el considerando precedente, el proyecto ERANet-LAC, del que participa el CONCYTEC como socio, es una acción de coordinación del Séptimo Programa Marco que se inició en octubre de 2013 y tiene una duración de tres años y medio, cuyo objetivo es la implementación de acciones conjuntas entre los Estados Miembros de la Unión Europea y los países de Latinoamérica y Caribe. El proyecto prevé coordinar programas e infraestructuras de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+I), permitiendo definir una hoja de ruta para establecer una plataforma de agencias financiadoras de I+D+I entre ambas regiones, precisando que de este modo se facilitará la colaboración de los distintos agentes y se fomentará el desarrollo de actividades científicotecnológicas e innovadoras; Que, mediante Informe Nº 021-2016-FONDECYTUES de fecha 7 de julio de 2016, la Unidad de Evaluación y Selección del FONDECYT, señala que siendo el CONCYTEC socio del proyecto ERANet-LAC, es de suma importancia la asistencia de un representante en el mencionado evento, al cual asistirán todos los integrantes del consorcio que servirá para fortalecer la participación del CONCYTEC y del FONDECYT en beneficio de la I+D+i, permitiendo adquirir nuevos conocimientos para la Entidad, en el cumplimiento de sus objetivos institucionales; Que, asimismo, el citado Informe, señala que el FONDECYT viene llevando a cabo actualmente convocatorias conjuntas con ERANet-LAC, dirigidas a iniciar nuevas cooperaciones multilaterales sostenibles

Nombres y Apellidos

Nº de días

Víctor Ricardo Luna Mendoza

500,00

5+1

3 000,00

Nombres y Apellidos

Pasaje Aéreo clase económica Nueva York-Lima US$ 2 580,00

Viáticos por día US$ 440,00

Nº de días

Total Viáticos US$ 3 520,00

Víctor Ricardo Luna Mendoza

7+1

Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la señora María Soledad Pérez Tello, Ministra de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, del 10 al 24 de setiembre de 2016, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1423476-1

Autorizan viaje de Coordinador de la Unidad de Evaluación y Selección del FONDECYT a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 201-2016-PCM Lima, 1 de setiembre de 2016

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