Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2016 (07/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 7 de setiembre de 2016 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ordenanza N° 334-MSI, que aprobó la Constitución y Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales del distrito, establece que el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de los delegados vecinales y designa a los integrantes del Comité Electoral que conducirá dichas elecciones con una anticipación no menor de sesenta (60) días calendario de la fecha de vencimiento del mandato de los delegados vecinales en ejercicio al momento de la convocatoria; Que, el artículo 6° de la norma en mención, establece que el Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD, propondrá a los miembros del Comité Electoral que conducirá las elecciones de los delegados vecinales; Que, la Secretaría General a través del documento del visto puso en conocimiento que el comité electoral propuesto por el CCLD se encuentra conformado de la siguiente manera: Gustavo Adolfo Bracamonte Heredia (Presidente); José Desiderio Silva Zárate (Vicepresidente) y Santiago Andrés Fuentes Merino (Secretario); Que, la Gerencia de Desarrollo Humano, de acuerdo a lo indicado por la Subgerencia de Participación Vecinal a través de los documentos del visto, remitió los antecedentes recomendando se apruebe el proyecto de Decreto de Alcaldía mediante el cual se convoque a elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales del distrito para el periodo 2017 de acuerdo al cronograma y que designe al Comité Electoral encargado de conducir dicho proceso; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú indica que municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que, conforme el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza N° 435-MSI, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 27 de junio del 2016, se aprobó la Ordenanza que establece las medidas de prevención de seguridad en la ejecución de obras de edificación y en establecimientos comerciales en el distrito de San Isidro; en cuya Tercera Disposición Final se faculta al señor Alcalde a dictar las medidas complementarias y reglamentarias en el marco de las normas legales vigentes, para la correcta aplicación de la citada ordenanza; Que, el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; Que, en este contexto, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres remite proyecto de Decreto de Alcaldía que contiene la propuesta de Disposiciones Complementarias de la Ordenanza N° 435-MSI para su correcta aplicación; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 0420-2016-0400-GAJ/ MSI; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR las Disposiciones Complementarias de la Ordenanza N° 435-MSI que establece las medidas de prevención de seguridad ciudadana en la ejecución de obras de edificación y en establecimientos comerciales en el distrito de San Isidro; el que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres; Subgerencia de Serenazgo; Subgerencia de Fiscalización; Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil; Subgerencia de Licencias y Autorizaciones; y, demás unidades orgánicas competentes; así como su publicación en el diario oficial "El Peruano", a la Secretaría General; y en la página web de la Municipalidad de San Isidro: (www.munisanisidro.gob.pe), a la Oficina de Comunicaciones e Imagen. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1424409-1

Artículo Primero.- CONVOCAR a Elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro para el día 04 de diciembre de 2016, desde las 09:00 a.m. hasta las 05:00 p.m., para lo cual se deberá cumplir con el siguiente cronograma: Publicación del Padrón Electoral Provisional Presentación de impugnaciones (tachas e inclusiones electores) Resolución de impugnaciones Publicación de Padrón Electoral Definitivo Inscripción de candidatos ­ Subgerencia de Participación Vecinal. (Calle Augusto Tamayo N° 180 Primer Piso - San Isidro) Subsanación de lista de candidatos 09.09.16 al 12.10.16 13.10.16 al 17.10.16 18.10.16 al 20.10.16 21.10.16 24.10.16 al 08.11.16 09.11.16

Convocan a Elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro y designan Comité Electoral
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2016-ALC/MSI San Isidro, 5 de setiembre de 2016 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTO: El Memorando N°214-2016-0600-SG/MSI de la Secretaría General; el Informe N° 191-2016-15.1.0-SPVGDH/MSI de la Subgerencia de Participación Vecinal, el Memorando N° 597-2016-1500-GDH/MSI de la Gerencia de Desarrollo Humano y el Informe N° 0424-2016-0400GAJ/MSI, y;

Publicación de listado provisional de candi10.11.16 al 14.11.16 datos Presentación de tachas 10.11.16 al 14.11.16 Resolución de tachas de candidatos 15.11.16 al 17.11.16 Publicación del Listado definitivo de candi18.11.16 datos Acto electoral 04.12.16 Proclamación de resultados 07.12.16 Difusión de resultados 07.12.16 Artículo Segundo.- DESIGNAR al Comité Electoral propuesto por el Consejo de Coordinación Local Distrital ­ CCLD, que conducirá el proceso electoral convocado, conforme al siguiente detalle: 1. Gustavo Adolfo Bracamonte Heredia - Presidente 2. José Desiderio Silva Zárate - Vicepresidente 3. Santiago Andrés Fuentes Merino - Secretario Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1424409-2

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