Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2016 (12/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Lunes 12 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

598997

AGRICULTURA Y RIEGO
Disponen prepublicación de los "Lineamientos para la elaboración de declaraciones de manejo de concesiones para conservación" en el portal institucional del SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 201-2016-SERFOR/DE Lima, 9 de setiembre de 2016 VISTO: El Informe Técnico Nº 128-2016-SERFOR-DGPCFFSDPR de fecha 19 de agosto de 2016 emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 14 de la referida Ley, establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, el artículo 59 de la Ley establece que el objetivo de las concesiones para conservación es el de contribuir de manera directa a la conservación de especies de flora y de fauna silvestre a través de la protección efectiva y usos compatibles como la investigación y la educación, así como la restauración ecológica. No se permite el aprovechamiento forestal maderable; Que, el artículo 44 de la citada Ley establece que el manejo forestal busca asegurar la producción sostenible de bienes, la provisión sostenible de servicios y la conservación de la diversidad biológica y el ambiente, siendo el SERFOR quien dicta los lineamientos específicos del manejo forestal; Que, el artículo 57 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, establece que el SERFOR aprueba los lineamientos técnicos para la elaboración de planes de manejo forestal, con la opinión previa favorable del Ministerio del Ambiente ­ MINAM. El Plan de Manejo Forestal incluye los distintos niveles de planificación. Los lineamientos son aprobados, con la participación de la ARFFS, OSINFOR, DGAAA, MINAM y otros actores relacionados a los temas de su competencia; Que, mediante el documento del visto la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal, sustenta la propuesta normativa denominada "Lineamientos para la elaboración de declaraciones de manejo de concesiones para conservación", recomendando para tal propósito se continué con el trámite para su prepublicacion; Que, resulta conveniente disponer la prepublicación de los lineamientos señalados en el considerando anterior, a fin de recabar la opinión y aportes de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y en general, de todo usuario o ciudadano que tenga interés en el objeto de la referida propuesta normativa; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación de proyecto normativo Disponer prepublicación de los "Lineamientos para la elaboración de declaraciones de manejo de concesiones para conservación", que forma parte integrante de la presente Resolución. Dicha prepublicación se realiza en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe), a fin de recibir los comentarios y/o aportes de los interesados, por un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Remisión de aportes Los comentarios, aportes o recomendaciones a los "Lineamientos para la elaboración de declaraciones de manejo de concesiones para conservación", deben realizarse de acuerdo al formato que como Anexo forma parte de la presente resolución, y remitirse a la Sede Central del SERFOR, ubicada en Avenida 7 Nº 229, Rinconada Baja, La Molina, Lima; a sus Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, y/o a la dirección electrónica serforpropone@serfor.gob.pe. Artículo 3.- Responsable Encargar a la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes o recomendaciones que se presenten en el marco de lo señalado en la presente resolución. Artículo 4.-Publicación en el Diario Oficial Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y conjuntamente con el documento mencionado en el artículo 1 y su anexo, en el Portal Institucional del SERFOR (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1427294-1

Disponen prepublicación de los "Lineamientos para el otorgamiento de concesiones forestales con fines maderables por concurso público" en el portal institucional del SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 202-2016-SERFOR/DE Lima, 9 de setiembre de 2016 VISTO: El Informe Técnico Nº 132-2016-SERFOR-DGPCFFSDPR de fecha 31 de agosto de 2016 emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y

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