Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2017 (25/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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PROYECTO

Martes 25 de abril de 2017 /

El Peruano

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Disponen publicación del proyecto de resolución que aprueba los Cargos Tarifarios Complementarios de Inspección, Supervisión y Habilitación de Instalaciones Internas para Consumidores Mayores a 300m3/mes y los Cargos de Corte y Reconexión, aplicables a la "Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste", junto con su Exposición de Motivos

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 066-2017-OS/CD Lima, 20 de abril de 2017 VISTOS: El Informe Nº 0174-2017-GRT elaborado por la División de Gas Natural, y el Informe Nº 0175-2017GRT de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin). CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y el inciso q) del Artículo 52º del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, Osinergmin tiene el encargo de fijar, revisar y modificar las tarifas por el servicio de distribución de gas natural por red de ductos; Que, en tal sentido y en cumplimiento de la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, mediante Resolución Nº 080-2012-OS/CD, Osinergmin aprobó la norma "Procedimientos para Fijación de Precios Regulados" (en adelante "Procedimiento"), en cuyo Anexo C.7 se regula lo concerniente al "Procedimiento para la Fijación de Cargos de Mantenimiento, Corte y Reconexión, Acometidas y otros Cargos Tarifarios Complementarios a las Tarifas Iniciales"; Que, mediante Carta GG/2017-011, la empresa concesionaria Gas Natural Fenosa Perú S.A (En adelante Fenosa) solicitó la aprobación de los Cargos Tarifarios Complementarios de Inspección, Supervisión y Habilitación de Instalaciones Internas para Consumidores Mayores a 300m3/mes y de los Cargos de Corte y Reconexión, aplicables a la "Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste", para lo cual remitió su propuesta a efectos de que la misma sea evaluada por Osinergmin; Que, este Organismo ha verificado que los cargos complementarios solicitados por Fenosa no han sido anteriormente fijados por Osinergmin ni han sido fijados junto con las tarifas iniciales previstas en la Cláusula 11 del respectivo Contrato de Concesión. Asimismo, conforme a la normativa vigente, específicamente conforme a lo previsto en los artículos 71º y 75º del TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos corresponde a Osinergmin fijar los valores de los mencionados cargos;

Que, en ese sentido, se han desarrollado con normalidad las etapas previstas en los ítems a) al e) del Anexo C.7 del Procedimiento, consistentes en la presentación de propuesta de la empresa, publicación de la misma en la página web de Osinergmin, formulación de observaciones a la propuesta, subsanación de las observaciones por parte de la empresa, y publicación de la absolución de observaciones en la página web del Regulador; Que, por tanto, resulta procedente continuar con la etapa prevista en el ítem f) del citado Anexo y en consecuencia disponer la publicación del proyecto de resolución que aprueba los Cargos Tarifarios Complementarios de Inspección, Supervisión y Habilitación de Instalaciones Internas para Consumidores Mayores a 300m3 /mes y los Cargos de Corte y Reconexión, solicitados por Fenosa Perú, aplicables a la "Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste"; a fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados; Que, asimismo, en cumplimiento de la etapa g), corresponde convocar a Audiencia Pública para el sustento y exposición de los criterios, metodología y modelos económicos utilizados en la evaluación tarifaria, por parte de Osinergmin; Que, finalmente, a efectos de dotar de la mayor transparencia posible al procedimiento en trámite y en concordancia con los lineamientos previstos en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, corresponde otorgar un plazo para que los interesados presenten a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, sus opiniones y sugerencias sobre el proyecto de resolución publicado con el fin de que sean analizadas con anterioridad a la publicación de la resolución que aprueba los Cargos Tarifarios Complementarios de Inspección, Supervisión y Habilitación de Instalaciones Internas para Consumidores Mayores a 300m3/mes y los Cargos de Corte y Reconexión, aplicables a la Concesión de Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste"; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008EM, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 14-2017.

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