Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2017 (25/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 25 de abril de 2017

NORMAS LEGALES
VISTO: El Informe Nº 008-2017-INACAL/DN.PA CONSIDERANDO:

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y su modificatoria; Ley Nº 30490 ­ Ley de la Persona Adulta Mayor y en el Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar los artículos 1 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 095-2017-MIMP mediante la cual se constituyó la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, quedando redactados de la siguiente manera: "Artículo 1.- Constitución de la Red Nacional de Personas Adultas Mayores. Constituir la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, con el objeto de trabajar de manera articulada y concertada la política nacional en relación a las Personas Adultas Mayores. Para tal efecto y con la finalidad de realizar este trabajo de manera organizada, se ha diseñado la intervención a través de los siguientes componentes: · Primer Componente: Autocuidado · Segundo Componente: Protección de Derechos · Tercer Componente: Reinserción Ocupacional · Cuarto Componente: Relaciones Intergeneracionales · Quinto Componente: Gestión de Riesgos" "Artículo 3.- Estructura y Conformación de la Red Nacional de Personas Adultas Mayores. ... 1.7. Macro Red Lima Metropolitana, está conformada por Mancomunidades: 1.7.1. Mesa de la Red Metropolitana de Lima Mancomunidad Municipal Lima ­ Norte: integrada por seis (6) mesas distritales Mesa Distrital Comas (sede) Mesa Distrital Independencia Mesa Distrital Carabayllo Mesa Distrital Santa Rosa Mesa Distrital Puente Piedra Mesa Distrital Ancón." Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Dirección de la Persona Adulta Mayor de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del MIMP. Artículo 3.- Disponer que la Resolución Ministerial Nº 095-2017-MIMP mediante la cual se constituyó la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, así como la presente resolución, sean publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP (www.mimp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1512360-2

Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización se sujeta a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en el Anexo 3, el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, el que establece en el literal J que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley Nº 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2015-PRODUCE, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley Nº 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas; así como, elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2017, a través del Informe Nº 001-2017-INACAL/DN-Programa de Actualización, de fecha 10 de marzo de 2017, los mismos que se encuentran publicados en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa, mediante el Informe Nº008-2017-INACAL/DN.PA, señala que luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 20 Normas Técnicas Peruanas correspondiente a la materia de: a) Industrias manufactureras y b) Cuero, calzado y derivados; corresponde aprobarlas en su versión 2017 y dejar sin efecto las correspondientes versiones anteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2015-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas en su versión 2017:
NTP 360.011:1976 (revisada el 2017) BOMBAS CENTRÍFUGAS. Especificaciones generales. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 360.011:1976 (revisada el 2012) GRIFOS DE RESINA ACETÁLICA. Requisitos, muestreo y métodos de ensayo. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 399.092:1984 (revisada el 2012) LLAVES DE INTERRUPCIÓN ANGULAR DE RESINA ACETÁLICA. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 399.071:1982 (revisada el 2012)

PRODUCE
Aprueban Normas Técnicas Peruanas en su versión 2017, correspondientes a las materias de industrias manufactureras y cuero, calzado y derivados, y dejan sin efecto 20 NTP
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 013-2017-INACAL/DN Lima, 12 de abril de 2017
NTP 399.092:1984 (revisada el 2017)

NTP 399.071:1982 (revisada el 2017)

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