Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2017 (11/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 11 de agosto de 2017 /

El Peruano

Asociación Cultural a la Fundación San Marcos para el Desarrollo de la Ciencia y la Cultura, por una vigencia de dos (2) años renovables; Que, mediante Formulario FP07DGIA, de fecha 22 de junio de 2017, el señor Herman Vildozola Gonzáles, miembro de la Junta de Administración de la Fundación San Marcos para el Desarrollo de la Ciencia y la Cultura, solicita la inafectación al Impuesto General a las Ventas respecto a la prestación de servicios culturales acorde al objeto de la Asociación Cultural, definido en su Estatuto; Que, con Informe N° 0000576-2017/DIA/DGIA/VMPCIC/ MC, la Dirección de Artes hace suyo el Informe N° 2092017-VLB/DIA/DGIA/VMPCIC, a través del cual manifiesta que la prestación de servicios culturales de la Fundación San Marcos para el Desarrollo de la Ciencia y la Cultura, cumple con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 075-97EF y su modificatoria, por cuanto estos se circunscriben al ámbito cultural, y que asimismo, la solicitante ha cumplido con adjuntar a su solicitud los requisitos exigidos para el otorgamiento de la resolución de inafectación; Que, con Informe Nº 000298-2017/DGIA/VMPCIC/ MC de fecha 21 de julio de 2017, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes concluye que la prestación de servicios culturales de la Fundación San Marcos para el Desarrollo de la Ciencia y la Cultura, se encuentra acorde al objeto que consta en el Estatuto de dicha institución cultural; De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013MC; y, el Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, que aprueba los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas en favor de las instituciones culturales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales de la Fundación San Marcos para el Desarrollo de la Ciencia y la Cultura, conforme se indica en su Estatuto. La inafectación se aplicará durante el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura mediante la Resolución Directoral N° 170-2017-DGIAVMPCIC/MC. Artículo 2.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1553448-4

Autorizan inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales del Instituto de Investigaciones Arqueológicas - IDARQ
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2017-MC Lima, 10 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, se

aprueban los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) en favor de las instituciones culturales; Que, el artículo 1 del mencionado Decreto Supremo establece que solo se podrá autorizar como operaciones no gravadas con el Impuesto General a las Ventas, entre otras, la prestación de servicios culturales acorde al objeto de cada institución cultural definido en su Estatuto; Que, asimismo, el artículo 2 del referido Decreto Supremo dispone que para la expedición de la Resolución Suprema que autorice la inafectación del Impuesto General a las Ventas, las instituciones culturales deberán adjuntar a su solicitud, copia del documento que acredite la calificación del Ministerio de Cultura, como asociación cultural; copia literal de la ficha registral de inscripción de la asociación o fundación en la Oficina de los Registros Públicos correspondientes, copia de la resolución que acredite su inscripción en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta que lleva la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, y el detalle del objeto de la institución cultural de acuerdo a su Estatuto; además, se señala que la inafectación se aplicará por el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura; Que, a través de la Resolución Directoral N° 146-2017-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 21 de abril de 2017, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura otorga el reconocimiento como Asociación Cultural al "Instituto de Investigaciones Arqueológicas ­ IDARQ", por una vigencia de dos (2) años renovables; Que, mediante Formulario FP07DGIA de fecha 18 de julio de 2017, el señor Alcides Ricardo Alvarez Vera, Presidente del Instituto de Investigaciones Arqueológicas - IDARQ, solicita la inafectación al Impuesto General a las Ventas respecto a la prestación de servicios culturales acorde al objeto de la mencionada Asociación Cultural, definido en su Estatuto; Que, con Informe N° 000593-2017/DIA/DGIA/ VMPCIC/MC, la Dirección de Artes hace suyo el Informe N° 215-2017-VLB/DIA/DGIA/VMPCIC/MC, a través del cual manifiesta que la prestación de servicios culturales del Instituto de Investigaciones Arqueológicas - IDARQ, cumple con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 07597-EF y su modificatoria, por cuanto estos se circunscriben al ámbito cultural, y que la solicitante ha cumplido con adjuntar los requisitos exigidos para el otorgamiento de la resolución de inafectación; Que, con Informe Nº 000305-2017/DGIA/VMPCIC/ MC de fecha 31 de julio de 2017, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes concluye que la prestación de servicios culturales del Instituto de Investigaciones Arqueológicas - IDARQ, se encuentra acorde al objeto que consta en el Estatuto de dicha institución cultural; De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013MC; y, el Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, que aprueba los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas en favor de las instituciones culturales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales del Instituto de Investigaciones Arqueológicas - IDARQ, conforme se indica en su Estatuto. La inafectación se aplicará durante el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura mediante la Resolución Directoral N° 146-2017-DGIA-VMPCIC/MC. Artículo 2.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

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