Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2017 (12/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 12 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en adelante el TUO, establece que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta, entre otros, su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, el numeral 71.2 del artículo 71 del TUO de la Ley N° 28411, establece que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; Que, el numeral 71.3 del citado artículo dispone que los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD, el CEPLAN aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", señalando en el literal d) del numeral 7.2 del artículo 7, que las políticas institucionales se concretan en los Planes Estratégicos Institucionales - PEI y los Planes Operativos Institucionales - POI; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, la cual establece las pautas y mecanismos para la elaboración, validación y aprobación del Plan Estratégico Institucional y del Plan Operativo Institucional; Que, el artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, establece que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene, entre otras funciones, conducir la formulación y evaluación de los planes de desarrollo del Sector y coordinar los correspondientes a los organismos públicos del Sector, conducir el sistema de inversión pública en el Sector y conducir el proceso presupuestario del Pliego; Que, por Memorándum N° 1257-2017-MTC/09 el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe N° 239-2017-MTC/09.01 de la Oficina de Planeamiento, por el cual se propone el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Plan Operativo Institucional 2018 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, elaborado de acuerdo a la Guía para el Planeamiento Institucional aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/ PCD; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC;

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional 2018 ­ POI 2018 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- El cumplimiento de la programación de las actividades consideradas en el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2018, es de responsabilidad de los Órganos y Unidades Ejecutoras del Ministerio. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto realizar el seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional 2018 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante la presente Resolución; así como adoptar las medidas necesarias para su implementación. Artículo 4.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto queda facultada a realizar las modificaciones presupuestarias a nivel funcional programático para el normal desarrollo de las actividades comprendidas en el Plan Operativo Institucional 2018 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Plan Operativo Institucional 2018 - POI 2018 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), en la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1553951-1

Autorizan Transferencia Financiera a favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el financiamiento de tasaciones de predios afectados por la ejecución de obras de infraestructura vial de la red vial nacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 796-2017 MTC/01 Lima, 11 de agosto de 2017 VISTOS: El Memorando N° 1156-2017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 160-2017-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el referido Ministerio es competente, entre otras materias, en infraestructura de transportes de alcance nacional e internacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002MTC se creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones Que, de acuerdo con el Manual de Operaciones de PROVÍAS NACIONAL, aprobado por Resolución Ministerial N° 154-2016-MTC/01.02, modificado mediante Resolución Ministerial N° 138-2017MTC/01.02, una de las funciones del Proyecto Especial es diseñar e implementar los Planes de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) y la liberación de las áreas afectadas por el derecho de vía en la ejecución de infraestructura vial relacionada con la red vial nacional;

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