Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2017 (09/12/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Sábado 9 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

3

Que, en octubre del presente año, delegados de los cuatros países miembros de la Alianza del Pacífico, sostuvieron la III Reunión presencial del Grupo de Trabajo de Agenda Digital, en la cual establecieron acuerdos vinculados a Gobierno Digital, datos abiertos, firma digital y modelo de gestión documental; de los cuales se comunicaran los avances en la próxima reunión del referido grupo; Que, mediante el OF. RE (DAE-DCT) Nº 1-0-B/243 del 24 noviembre de 2017, el Ministerio de Relaciones Exteriores informa a la Secretaría de Gobierno Digital que en el marco de la XXVIII Ronda de Reuniones de Grupos Técnicos de la Alianza del Pacífico, se realizará la reunión presencial del Sub Grupo Técnico Agenda Digital de Alianza del Pacífico, la cual se llevará a cabo los días 11 y 12 de diciembre de 2017, en la ciudad de Bogotá D.C, República de Colombia; Que, en la reunión del Sub Grupo Técnico de Agenda Digital Alianza del Pacífico se revisarán los compromisos adquiridos por los países conformantes de la Alianza del Pacífico, y se revisarán planes de trabajo para el cumplimiento de los compromisos pendientes, respecto a los siguientes ejes temáticos: Economía Digital, Gobierno Digital, Conectividad Digital, Ecosistema Digital, entre otros temas; Que, los temas que se abordarán en la referida reunión se encuentran directamente relacionados con las funciones que tiene la Secretaría de Gobierno Digital, y en especial de la Subsecretaría de Transformación Digital; motivo por el cual, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Yuri Aldoradin Carbajal, servidor de la Subsecretaría de Transformación Digital de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la ciudad de Bogotá D.C, República de Colombia, a fin que participe en el citado evento; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Yuri Aldoradin Carbajal, servidor de la Subsecretaría de Transformación Digital de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 10 al 13 de diciembre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Pasajes Viáticos Total Total de en US$ por día de días viáticos en US$ en US$ 778.05 370.00 1+2 1,110.00

Autorizan viaje de Coordinador General (e) de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 365-2017-PCM Lima, 7 de diciembre de 2017 VISTO: El Memorando Nº 405-2017-PCM/CAN de la Coordinación General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), creada por Ley Nº 29976, es un espacio integrado por instituciones públicas y privadas y la sociedad civil que tiene por objeto articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 29976 - Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción; la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN) cuenta con un órgano denominado Coordinación General, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante el documento de Visto la Coordinación General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción informa que se llevará a cabo la reunión del "Grupo de Trabajo sobre Cohecho en las Transacciones Comerciales Internacionales" (Working Group on Bribery in International Business Transactions) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en la ciudad de París, República Francesa, del 12 al 15 de diciembre de 2017; Que, el Perú ha expresado al más alto nivel su voluntad política de ser miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y de adherirse a la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE; y, en ese marco, nuestro país detenta actualmente la condición de miembro asociado del "Grupo de Trabajo sobre Cohecho en Transacciones Comerciales Internacionales", comprometiéndose a participar en todas sus actividades, así como en las evaluaciones y discusiones que dicho foro realiza sobre el avance en la lucha contra la corrupción; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 086-2015PCM declara de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas en el marco del proceso de vinculación del Perú con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) e Implementación del Programa País; declaratoria que comprende la participación del Estado peruano en las actividades previstas en el Acuerdo y Memorando de Entendimiento suscritos entre la OCDE y el Gobierno del Perú el 8 de diciembre de 2014, así como todas las demás relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo al referido proceso; Que, la reunión del "Grupo de Trabajo sobre Cohecho en las Transacciones Comerciales Internacionales" tiene vinculación con las funciones de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción previstas en los literales f) y h) del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 089-2013-PCM; pues los altos estándares de este órgano internacional permitirá formular propuestas normativas para prevenir y sancionar la corrupción, así como articular esfuerzos a fin de mejorar la capacidad de las entidades del Estado para investigar y sancionar la corrupción; Que, por las consideraciones expuestas, resulta de interés institucional y nacional, la participación del señor Raphael Anaya Caldas, Coordinador General (e) de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros; toda vez que el Perú asistirá en condición de miembro pleno (asociado) del "Grupo de Trabajo sobre Cohecho en las Transacciones Comerciales Internacionales" de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE);

Yuri Aldoradin Carbajal

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar al Titular de la entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1595649-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.