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9 NORMAS LEGALES Sábado 9 de diciembre de 2017 El Peruano / Que, la Comisión de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Sector Producción, de naturaleza temporal, para el periodo 2017 – 2021, creada mediante la Resolución Ministerial Nº 170-2017-PRODUCE, tiene por objeto proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en el Sector, efectuar su seguimiento y evaluación; así como promover acciones orientadas al fomento de una cultura de ética, transparencia, vigilancia ciudadana y neutralidad política; Que, a efectos de delimitar funciones y competencias en materia de ética, prevención y lucha contra la corrupción e impulsar la aprobación del Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Producción, es necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 170-2017-PRODUCE y crear el Grupo de Trabajo para la Integridad y Lucha contra la Corrupción; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Crear el Grupo de Trabajo para la Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Producción, en adelante el Grupo de Trabajo, encargado de la revisión y el análisis de la propuesta del Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Producción. Artículo 2.- El Grupo de Trabajo está conformado de la siguiente manera: a) El/La Secretario/a General del Ministerio de la Producción, quien lo preside. b) Un/a representante del Despacho Ministerial.c) El/La Viceministro/a de MYPE e Industria.d) El/La Viceministro/a de Pesca y Acuicultura.e) El/La Director/a Ejecutivo/a del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES. f) El/La Jefe/a del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES. g) El/La Director/a Ejecutivo/a Cientí fi co/a del Instituto del Mar del Perú - IMARPE. h) El/La Director/a Ejecutivo/a del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP. i) El/La Presidente/a Ejecutivo/a del Instituto Nacional de Calidad - INACAL. j) El/La Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción. Los miembros del Grupo de Trabajo pueden designar un representante, mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia del Grupo de Trabajo. La O fi cina de Prevención y Lucha Contra la Corrupción está a cargo de la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo. Artículo 3.- El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: a) Revisar, analizar y emitir opinión respecto del proyecto de Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Producción. b) Promover la aprobación del Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Producción, el cual es aprobado por el Ministro de la Producción. Artículo 4.- El Grupo de Trabajo se reúne cuando sea convocado por su Presidencia. Artículo 5.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 170-2017-PRODUCE. Artículo 6.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano.Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1595184-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Italia y Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0851/RE-2017 Lima, 7 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, el 13 de diciembre de 2017, en la ciudad de Roma, República Italiana, se llevará a cabo la VIII Conferencia Italia - América Latina y el Caribe, con la fi nalidad de reforzar el diálogo político diplomático de alto nivel con la República Italiana, así como con los demás países de la región; Que, la mencionada Conferencia organizada bienalmente por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional italiano en colaboración con el Instituto Ítalo - Latinoamericano (IILA), se constituye en el foro más importante de diálogo político entre la República Italiana y los países de América Latina y el Caribe, y tiene como fi n principal promover la cooperación en todos sus ámbitos; Que, la presencia de nuestro país en la VIII Conferencia Italia - América Latina y el Caribe, se encuentra enmarcada en el objetivo estratégico de la Política Exterior orientado a fortalecer el relacionamiento con la Unión Europea, y de forma individual con los países europeos; Que, se estima importante la participación del Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, en la VIII Conferencia Italia - América Latina y el Caribe; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 3514 del Despacho Viceministerial, de 1 de diciembre de 2017; y su proveído ampliatorio de 6 de diciembre de 2017; y, el Memorándum (OPR) N.° OPR00449/2017, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, de 4 de diciembre de 2017, que otorga la certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y sus modi fi catorias, la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y, la Ley N.° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Roma, República Italiana, para participar el 13 de diciembre de 2017, en la conferencia señalada en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: