Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2017 (09/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 9 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1595184-1

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Que, la Comisión de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Sector Producción, de naturaleza temporal, para el periodo 2017 ­ 2021, creada mediante la Resolución Ministerial Nº 170-2017-PRODUCE, tiene por objeto proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en el Sector, efectuar su seguimiento y evaluación; así como promover acciones orientadas al fomento de una cultura de ética, transparencia, vigilancia ciudadana y neutralidad política; Que, a efectos de delimitar funciones y competencias en materia de ética, prevención y lucha contra la corrupción e impulsar la aprobación del Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Producción, es necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 170-2017-PRODUCE y crear el Grupo de Trabajo para la Integridad y Lucha contra la Corrupción; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Crear el Grupo de Trabajo para la Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Producción, en adelante el Grupo de Trabajo, encargado de la revisión y el análisis de la propuesta del Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Producción. Artículo 2.- El Grupo de Trabajo está conformado de la siguiente manera: a) El/La Secretario/a General del Ministerio de la Producción, quien lo preside. b) Un/a representante del Despacho Ministerial. c) El/La Viceministro/a de MYPE e Industria. d) El/La Viceministro/a de Pesca y Acuicultura. e) El/La Director/a Ejecutivo/a del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES. f) El/La Jefe/a del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES. g) El/La Director/a Ejecutivo/a Científico/a del Instituto del Mar del Perú - IMARPE. h) El/La Director/a Ejecutivo/a del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP. i) El/La Presidente/a Ejecutivo/a del Instituto Nacional de Calidad - INACAL. j) El/La Director/a General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción. Los miembros del Grupo de Trabajo pueden designar un representante, mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia del Grupo de Trabajo. La Oficina de Prevención y Lucha Contra la Corrupción está a cargo de la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo. Artículo 3.- El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: a) Revisar, analizar y emitir opinión respecto del proyecto de Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Producción. b) Promover la aprobación del Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Producción, el cual es aprobado por el Ministro de la Producción. Artículo 4.- El Grupo de Trabajo se reúne cuando sea convocado por su Presidencia. Artículo 5.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 170-2017-PRODUCE. Artículo 6.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Italia y Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0851/RE-2017 Lima, 7 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, el 13 de diciembre de 2017, en la ciudad de Roma, República Italiana, se llevará a cabo la VIII Conferencia Italia - América Latina y el Caribe, con la finalidad de reforzar el diálogo político diplomático de alto nivel con la República Italiana, así como con los demás países de la región; Que, la mencionada Conferencia organizada bienalmente por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional italiano en colaboración con el Instituto Ítalo - Latinoamericano (IILA), se constituye en el foro más importante de diálogo político entre la República Italiana y los países de América Latina y el Caribe, y tiene como fin principal promover la cooperación en todos sus ámbitos; Que, la presencia de nuestro país en la VIII Conferencia Italia - América Latina y el Caribe, se encuentra enmarcada en el objetivo estratégico de la Política Exterior orientado a fortalecer el relacionamiento con la Unión Europea, y de forma individual con los países europeos; Que, se estima importante la participación del Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, en la VIII Conferencia Italia - América Latina y el Caribe; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 3514 del Despacho Viceministerial, de 1 de diciembre de 2017; y su proveído ampliatorio de 6 de diciembre de 2017; y, el Memorándum (OPR) N.° OPR00449/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 4 de diciembre de 2017, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002PCM y sus modificatorias, la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y, la Ley N.° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Roma, República Italiana, para participar el 13 de diciembre de 2017, en la conferencia señalada en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

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