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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017 (09/12/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Sábado 9 de diciembre de 2017 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Abogada Ángela Chávez Rosales y del Ingeniero Miguel Ángel Gonzáles Damián, especialistas de la Unidad de Cooperación Técnica y Financiera de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, del 10 al 15 de diciembre de 2017, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados a la Unidad Ejecutora: 019 Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA conformante del Pliego Presupuestal 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, de acuerdo al siguiente detalle: ÁNGELA CHÁVEZ ROSALES Pasajes : $ 641.46Total : $ 641.46 MIGUEL ÁNGEL GONZÁLES DAMIÁN Pasajes : $ 641.46Total : $ 641.46 Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- Los comisionados cuyos viajes se autorizan por la presente Resolución, deberán presentar al Titular de la entidad un informe detallado sobre las actividades y resultados de sus participaciones, dentro de los quince (15) días posteriores a sus retornos al país. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE MANUEL HERNANDEZ CALDERON Ministro de Agricultura y Riego 1595535-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 490-2017-MINCETUR Lima, 6 de diciembre de 2017 Visto, el O fi cio N° 582-2017-PROMPERÚ/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, la Alianza del Pací fi co conformada por Colombia, Chile, México y Perú, constituye un mecanismo de integración cuyo objetivo es conformar un área de integración profunda para avanzar progresivamente hacia la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas. Asimismo, busca impulsar un mayor crecimiento, desarrollo y competitividad de las economías de sus integrantes, con miras a lograr mayor bienestar, superar la desigualdad socioeconómica e impulsar la inclusión social de sus habitantes. Finalmente, busca convertirse en una plataforma de articulación política, integración económica y comercial y proyección al mundo, con énfasis en la región Asia-Pací fi co; Que, uno de los pilares de la integración y crecimiento sostenible y competitivo de la Alianza del Pací fi co es la innovación y el emprendimiento dinámico y de alto impacto, razón por la cual se conformó un grupo técnico que promueva e incentive la articulación y avance de los ecosistemas de los cuatro países; Que, en ese sentido se llevará a cabo los días 11 y 12 de diciembre de 2017, la “Reunión del Grupo Técnico de Innovación de la Alianza del Pací fi co”, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, con el objetivo de de fi nir los lineamientos en materia de políticas de emprendimiento e innovación para la promoción de emprendimientos dinámicos y disruptivos en los países miembros del bloque; además se abordarán temas referidos al cumplimiento de los Mandatos Presidenciales, entre otros; Que, por tal razón, la Secretaría General de PROMPERÚ, ha solicitado se autorice la comisión de servicios del señor Mario Eduardo Ocharan Casabona, Subdirector de Inteligencia y Prospectiva Comercial, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de la Entidad participe en la referida reunión del Grupo Técnico de Innovación de la Alianza del Pací fi co; Que, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del señor Mario Eduardo Ocharan Casabona, del 10 al 13 de diciembre de 2017, para que en representación de PROMPERÚ, lleve a cabo diversas acciones durante el desarrollo del evento que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidosPasaje Aéreo Clase Económica US $ContinenteViáticos por día US $N° de díasTotal Viáticos en US $ Mario Eduardo Ocharan Casabona566,02 América del Sur 370,00 2 740,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Mario Eduardo Ocharan Casabona, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1595044-1