Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2017 (27/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Miércoles 27 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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transporte de personas en el ámbito de la Región Arequipa El Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, es de aplicación a los vehículos destinados al servicio de transporte regular y especial de personas habilitados por el Gobierno Regional Arequipa, que cumplan con las condiciones siguientes: a) Que se encuentre en óptimo estado de funcionamiento, lo que será acreditado con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular obtenido de conformidad con la normativa de la materia, y que apruebe los controles inopinados a los que dicho vehículo sea sometido. b) Que cumpla con las condiciones técnicas y demás requisitos establecidos en el Reglamento, para la prestación del servicio de transporte de personas de ámbito regional. Artículo 3.- Publicación del Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia y su Anexo Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc. gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación de la Resolución Ministerial N° 773-2013-MTC/02 Derogar la Resolución Ministerial N° 773-2013-MTC/02 que aprueba el Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte público de personas de ámbito regional de la Región Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte de personas en las modalidades regular y especial, en la Región Arequipa Fecha de fabricación 1990-1991 1992-1993 1994 1995 1996-1997 1998-1999 2000-2001 2002-2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009-2010 2011 2012 2013 2014 2015-2017 1600920-1 Fecha de salida del servicio 31/12/2020 31/12/2021 31/12/2022 31/12/2023 31/12/2024 31/12/2025 31/12/2026 31/12/2027 31/12/2028 31/12/2029 31/12/2030 31/12/2031 31/12/2032 31/12/2033 31/12/2034 31/12/2035 31/12/2036 31/12/2037 31/12/2038

Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1222-2017 MTC/01.04 Lima, 22 de diciembre de 2017 VISTOS, el Memorándum N° 2529-2017-MTC/04 de la Secretaría General, el Memorándum Nº 2367-2017MTC/10.07 de la Oficina General de Administración, el Informe Nº 505-2017-MTC/10.07 de la Oficina de Personal, y el Memorándum Nº 2091-2017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que contiene la estructura orgánica y las funciones generales de la Entidad, las funciones específicas de sus órganos y unidades orgánicas, y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, por Resolución Ministerial Nº 514-2017-MTC/01, se aprueba el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Resolución Ministerial Nº 657-2015MTC/01.04, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que contiene un total general de 1,175 cargos, cuyo reordenamiento ha sido aprobado por Resolución Ministerial N° 683-2017MTC/01.04 y rectificado por Resolución Ministerial N° 818-2017-MTC/01.04; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE" y sus Anexos, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, en adelante la Directiva; Que, el subnumeral 1.3 del numeral 1 del Anexo Nº 4 "Sobre el CAP Provisional" de la Directiva, señala que: "Las entidades que cuenten con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente pueden elaborar una propuesta de CAP Provisional en el que considere un ajuste de hasta por un máximo del 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fiscal. En caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento también hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamientos establecidos en el numeral 5 del presente anexo. En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto."; Que, el primer párrafo del numeral 5 del Anexo Nº 4 "Sobre el CAP Provisional" de la Directiva, establece que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "número de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo", y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 de dicho Anexo; Que, en el segundo párrafo del numeral 5 del Anexo Nº 4, se dispone que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional; y se señala que el reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante

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