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18 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de diciembre de 2017 / El Peruano SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, destinada a fi nanciar la ejecución del saldo de obra del proyecto de inversión pública “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” con código SNIP 150179. Artículo 2 .- Financiamiento La transferencia fi nanciera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad 5001253: Transferencias de recursos para la ejecución de proyectos de inversión, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3 .- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4 .- Implementación, Seguimiento y Evaluación El Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria es responsable de la veri fi cación e implementación, seguimiento y evaluación del objeto y compromisos señalados en el marco del Convenio Especí fi co y Adenda N° 1 respectiva, debiendo informar semestralmente al Titular de la Entidad. Artículo 5 .- Información La Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, a través de la Gerencia Municipal informará al Ministerio de la Producción, los avances físicos y fi nancieros de las acciones a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto por la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y del Convenio Especí fi co y Adenda N° 1 respectiva. Artículo 6 .- Notifi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; así como al Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 7 .- Publicación Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1600725-1 Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, destinadas a cofinanciar la ejecución de proyectos en el marco del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología - FOMITEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 620-2017-PRODUCE Lima, 26 de diciembre de 2017VISTOS: el O fi cio N° 508-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE, del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando N° 1615-2017-PRODUCE/OGPPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 699-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la O fi cina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial N° 475-2016-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017; Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, crea el Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC, el mismo que se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, autorizándose a dicho Ministerio a conformar un Grupo de Trabajo con el Ministerio de la Producción y el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, para el diseño e implementación de instrumentos económicos y fi nancieros que busquen incentivar el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad, a través del emprendimiento tecnológico; asimismo, dispone que los recursos del mencionado Fondo se incorporan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante el Decreto Supremo N° 071-2013- EF, se aprueban las Normas de Implementación y Funcionamiento del FOMITEC, estableciéndose en sus artículos 4 y 7 que el Grupo de Trabajo mencionado en el considerando anterior, contará con una Secretaría Técnica a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas encargada, entre otros, de recibir los instrumentos económicos y fi nancieros para la evaluación del Grupo de Trabajo, y gestionar la asignación de recursos sobre la base de los acuerdos aprobados; Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el ámbito del Ministerio de la Producción, que tiene como objetivo general impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; y, como objetivos específicos, incrementar la innovación en los procesos productivos empresariales, impulsar el emprendimiento innovador y facilitar la absorción y adaptación de tecnologías para empresas; Que, con fecha 12 de febrero del 2016, se suscribe el Convenio de Gestión entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de la Producción, para la implementación del Instrumento Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto, con el objetivo de establecer la relación entre el Grupo de Trabajo del FOMITEC y el Ministerio de la Producción a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad como Unidad Ejecutora, siendo ésta última la que solicitará la asignación de recursos, se encargará del monitoreo y evaluación técnica y fi nanciera correspondiente; teniendo un monto a ejecutar al 2020 de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), para el desarrollo del instrumento en sus dos componentes: (i) Capital Semilla para Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto; y, (ii) Fortalecimiento de Incubadoras de Negocios; Que, en el mismo año, la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales del Ministerio de la Producción y el Secretario Técnico del Grupo de Trabajo del FOMITEC, suscriben el Convenio de Gestión para la implementación del Instrumento Fomento de Capital de Riesgo de Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto, teniendo un monto a ejecutar hasta el año 2021 de S/ 6 000 000,00 (SEIS MILLONES Y 00/100 SOLES);