TEXTO PAGINA: 13
13 NORMAS LEGALES Lunes 24 de julio de 2017 El Peruano / que continua en antigüedad posterior a las señoras magistradas antes mencionadas . Por tanto, en uso de las facultades conferidas en artículo 90º incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero .- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla al señor doctor CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCÓN, Juez Superior Titular, por los días del 18 al 21 de julio de 2017, sin dispensa de su labor jurisdiccional. Artículo Segundo .- PONER EN CONOCIMIENTO la presente Resolución de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, O fi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y de los Magistrados interesados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1546889-1 ORGANISMOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a AFP Habitat la apertura de agencia en el departamento de Cusco RESOLUCIÓN SBS Nº 2677-2017 Lima, 7 de julio de 2017 EL INTENDENTE DEL DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES VISTOS:La Carta s/n presentada por AFP Habitat de fecha 27 de junio de 2017, ingresada con registro N° 2017-36256 y el Informe N° 090-2017-DSIP del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales. CONSIDERANDO:Que, mediante la comunicación de vistos, AFP Habitat solicita autorización para la apertura de una agencia ubicada en el Centro Comercial Real Plaza Cusco, Av. Collasuyo N° 2964, Local; LC-116, distrito, provincia y departamento de Cusco; Que, AFP Habitat ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca la apertura de la nueva agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informe N° 090-2017-DSIP de fecha 06 de julio de 2017, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modi fi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y sus modi fi catorias, la Resolución N° 053-98-EF/SAFP y sus modi fi catorias, y la Resolución SBS N° 6752-2015; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a AFP Habitat la apertura de una agencia ubicada en el Centro Comercial Real Plaza Cusco, Av. Collasuyo N° 2964, Local; LC-116, distrito, provincia y departamento de Cusco. Artículo Segundo.- Expedir y otorgar el Certificado N° HA-008, con la dirección de la nueva agencia referida en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGROS RIVADENEYRA BACA Intendente del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales (e) 1547087-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 2682-2017 Lima, 10 de julio de 2017EL SECRETARIO GENERALVISTA:La solicitud presentada por el señor Steve Gonzales Garcia para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 07 de marzo de 2017, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Steve Gonzales Garcia, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Steve Gonzales Garcia, con matrícula número N-4564, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas