Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2017 (24/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Lunes 24 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

15

CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación pertinente para el cierre de las citadas Agencias y Oficinas Especiales en Locales Compartidos; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución Nº 47972015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raiz S.A.A.- CRAC Raíz S.A.A., el cierre de: · La Agencia ubicada en la Calle Moore Nº 430, distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima. · La Agencia ubicada en la Avenida Grau S/N esquina con Calle El Corrobarrutia, distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima. · La Agencia ubicada en la Calle Castilla Nº 300, Manzana 2, Lote 140, Sector 1, distrito de Huamachuco, provincia Sánchez Carrión, departamento La Libertad. · La Agencia ubicada en el PPJJ Villa El Salvador Mz. A Lote 17 Sector 6 Grupo residencial 8ª,distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima. · La Oficina Especial ubicada en la Calle Santa Nº 8, distrito de Nepeña, provincia de Santa, departamento Ancash. · La Oficina Especial ubicada en el Jr. San Martín Nº 1001, distrito y provincia de Huari, departamento de Ancash. · La Oficina Especial ubicada en la Plaza de Armas S/N, distrito Chiquian, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash. · La Oficina Especial ubicada en el Centro Cívico Buenos Aires Lote 37 de la Zona 74-75, distrito de Nuevo Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash. · La Oficina Especial ubicada en la Mz. C-28 Lt. 3-A Unidad 9, Urbanización Zona Comercial Huaraz, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1547212-1

el Funcionamiento del Centro Integral del Adulto Mayor (CIAM) de esta entidad municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 489-2017-MDB (24. JUNIO.2017) se crea el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad Distrital de Breña, cuya finalidad es brindar una atención integral y permanente a las personas adultas mayores de sesenta (60) años a más, para mejorar su calidad de vida e integrarlos plenamente al desarrollo social, económico, político y cultural de nuestra comunidad, implementando para ello en forma progresiva, diversos servicios y programas; Que, con Informe de Visto, la Gerencia de Desarrollo Humano alcanza el proyecto de Reglamento para el Funcionamiento del CIAM, que regula las actividades y servicios que brinde dicho Centro; lo que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica a través de su Informe Nº 301-2017-GAJ/MDB, por lo que corresponde su aprobación mediante la norma municipal respectiva; Con la visación de la Gerencia de Desarrollo Humano y Gerencia de Asesoría Jurídica; De conformidad con los artículos 20, numeral 6) y 42 de la Ley Nº 27972 ­ Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APRUÉBASE el Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Breña, el mismo que consta de veinte y dos (22) artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias y Finales, así como dos (02) formatos; documento que, como Anexo, forma parte integrante del presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, a través de la Subgerencia de Salud y Bienestar Social, la implementación y estricto cumplimiento de la presente norma municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto en el diario oficial El Peruano; y a la Subgerencia de Estadística e Informática en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL A. WU HUAPAYA Alcalde REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN AL ADULTO MAYOR ­ CIAM TÍTULO I.- DE LA FINALIDAD

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Aprueban Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad de Breña
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2017-MDB Breña, 17 de julio de 2017 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA VISTO: El Informe Nº 037-2017-GDH/MDB de la Gerencia de Desarrollo Humano, sobre Reglamento para

Artículo 1º.- El presente reglamento tiene por finalidad contar con un instrumento normativo que establezca las acciones y servicios que brinda el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad Distrital de Breña. TÍTULO II.- DEL ALCANCE Artículo 2º.- El presente reglamento es de alcance distrital para los operadores y personas adultas mayores residentes dentro de la jurisdicción del distrito de Breña, sito en Jr. General Vidal Nº 645. TÍTULO III.- DE LA BASE LEGAL Artículo 3º.- El presente reglamento se emite teniendo como base normativa los dispositivos legales siguientes: a) Constitución Política del Perú. b) Ley Nº 27972 ­ Orgánica de las Municipalidades c) Ley Nº 26300 ­ de los Derechos de Participación y Control Ciudadano

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.