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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (25/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Domingo 25 de junio de 2017 / El Peruano XII Reunión Ordinaria realizada en septiembre de 2012, acordó continuar los trabajos iniciados en las reuniones técnicas dispuestas por la Primera Reunión Extraordinaria de la COMPERIF para el tratamiento de las nuevas islas, bancos y emergencias de tierra en el sector fronterizo del río Amazonas que han surgido con posterioridad al Acta N° 4, de 13 de noviembre de 1929, de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites y cuyos resultados deben ser reportados a la COMPERIF; Que, en cumplimiento del mandato de la XII Reunión Ordinaria de la COMPERIF se llevó a cabo la Cuarta Reunión Técnica Colombo - Peruana Río Amazonas, Sector Leticia – Atacuarí, en Leticia – República de Colombia, del 19 al 21 de junio de 2013. En esa ocasión, se acordó un Plan de Trabajo integral para avanzar en la solución conjunta de la problemática del río Amazonas para lo cual se conformó un Grupo Técnico con participación de las instituciones nacionales pertinentes; Que, el referido Plan de Trabajo establece el cumplimiento de dos objetivos: a) Presentar alternativas de solución a los problemas que afectan la navegación entre poblaciones ribereñas en el tramo Atacuari – Leticia del río Amazonas y b) Proponer la metodología para la asignación de islas fl uviales surgidas con posterioridad al Acta No. 4 de 1929 en el tramo fronterizo del río Amazonas, Atacuari - Leticia. Asimismo prevé que el Grupo Técnico aludido en relación al primer objetivo entregue los siguientes resultados a la COMPERIF: a) Estudio de la dinámica fl uvial del río Amazonas en el sector Atacuari – Leticia, bajo criterio de cuenca amazónica. b) Modelo hidráulico y sedimentológico del río Amazonas en el sector Nazareth - Leticia; y en relación al segundo objetivo: Propuesta Metodológica para Asignación de islas fl uviales, surgidas con posterioridad al Acta N° 4, de 13 de noviembre de 1929 de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites; Que, en la ejecución del Plan de trabajo respecto a la dinámica fl uvial se llevó a cabo un levantamiento hidrográ fi co conjunto Peruano - Colombiano en el tramo Atacuarí – Leticia del río Amazonas, cuyos tres Informes Parciales correspondientes a las campañas creciente 2015, vaciante 2015 y creciente 2016, fueron aprobados por la XIII Reunión Ordinaria de la Comisión Mixta Permanente para la Inspección de la Frontera Peruana - Colombiana (COMPERIF), estando pendiente la elaboración del Informe Final de todo el ciclo hidrológico en conjunto, el que ha sido avanzado en la IV Reunión del Grupo Técnico llevada a cabo en Leticia – República de Colombia, del 22 al 26 de mayo de 2017; Que, habiéndose culminado exitosamente el referido trabajo hidrográ fi co conjunto en el ciclo hidrológico 2015 – 2016, se ha presentado las propuestas de términos de referencia para el análisis multitemporal de imágenes satelitales de ese sector fronterizo, así como para el modelamiento hidráulico y sedimentológico; Que, dicho modelamiento hidráulico constituye la siguiente etapa de los trabajos del Grupo Técnico Colombo – Peruano para dar cumplimiento a su objetivo de presentar alternativas de solución a los problemas que afectan la navegación entre las poblaciones ribereñas en el tramo aludido del río Amazonas; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos sustenta técnicamente la necesidad de contar con una asesoría especializada para la realización del Modelamiento Hidráulico y Sedimentológico, debiéndose tratar de un profesional especialista en el área de la mecánica de fl uidos, transporte de sedimentos, morfodinámica, dinámica fl uvial y temas relacionados con los ríos amazónicos; proponiendo como Asesor Ad Honorem para dicho fi n, al Ing. Ph. D. Jorge Edwin Abad Cueva; Que, en ese sentido, resulta necesario formalizar la designación del mencionado Asesor Ad Honorem; Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, dispone que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza, se efectuará mediante Resolución del Titular de la Entidad; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 1788, del Despacho Viceministerial, de 6 de junio de 2017; De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al Ingeniero Ph. D. Jorge Edwin Abad Cueva, como Asesor Ad Honorem de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos para el tratamiento de los temas relacionados al Modelamiento Hidráulico y Sedimentológico del sector fronterizo peruano colombiano del río Amazonas, en el marco de los trabajos que desarrolla la Comisión Mixta Permanente para la Inspección de la Frontera Peruano – Colombiana (COMPERIF), a partir de la fecha, así como para asuntos relativos al manejo integral de cuencas de aguas internacionales y transfronterizas. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1536733-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban valor total de tasaciones de inmuebles afectados por la ejecución de diversas obras de construcción, mejoramiento y rehabilitación de carreteras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 521-2017 MTC/01.02 Lima, 23 de junio de 2017VISTOS: La Nota de Elevación Nº 365-2017-MTC/20 de fecha 15 de junio de 2017, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL; y, CONSIDERANDO:Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de las obras de infraestructura de la Carretera Desvío Quilca - Matarani - Ilo y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley, de fi ne a la Adquisición como la transferencia voluntaria de la propiedad del inmueble necesario para la ejecución de la Obra de Infraestructura, del Sujeto Pasivo a favor del Bene fi ciario como resultado del trato directo; Que, asimismo el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del