Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2017 (28/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 28 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modificatorias, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE Artículo 1.- Aprobar los valores totales de las Tasaciones, que incluyen el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial de las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Red Vial N° 4 (Pativilca - Santa - Trujillo y Salaverry ­ Empalme R01N)", así como los pagos correspondientes, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción de los instrumentos de transferencia a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y realice los pagos de los valores totales de las Tasaciones a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que, una vez realizados los pagos aprobados en el artículo 1 de la presente resolución, los Sujetos Pasivos desocupen y entreguen las áreas de los inmuebles afectados, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, de encontrarse las áreas de los inmuebles libres o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de suscritos los Formularios Registrales y efectuados los pagos de los valores totales de las Tasaciones, PROVIAS NACIONAL remita al Registro de Predios de la SUNARP, los Formularios Registrales y copias certificadas de los documentos que acrediten los pagos del monto de los valores totales de las Tasaciones, a favor de los Sujetos Pasivos. El Registrador Público dentro de los siete (7) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura. Asimismo, el Registrador, bajo responsabilidad, procederá a levantar toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales respecto de las áreas de los inmuebles afectados. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Valores totales de las Tasaciones correspondientes al área de dos (02) inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Red Vial Nº 4 (Pativilca ­ Santa ­ Trujillo y Salaverry ­ Empalme R01N)"
VALOR INCENTIVO VALOR COMERCIAL DEL DEL 20% DEL TOTAL DE LA INMUEBLE (VCI) VCI TASACIÓN (S/) 1 2 RV4-T2-CAR-023 RV4-T2-EMI-001 2,469.85 32,507.03 (S/) 493.97 6,501.41 (S/) 2,963.82 39,008.44

Otorgan a Servicios Aéreos de Los Andes S.A.C. la modificación de su permiso de operación de aviación comercial: trabajo aéreo - agrícola, fotografía, publicidad, inspección y vigilancia, defensa y protección a la fauna, prospección, carga externa y combate de incendios
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 270-2017-MTC/12 Lima, 19 de mayo del 2017 Vista la solicitud de la empresa SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C., sobre la Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo; CONSIDERANDO: Que, la empresa SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C., cuenta con el Certificado de Explotador Nº 051 expedido el 06 de febrero del 2014, bajo las Regulaciones Aeronáuticas del Perú ­ RAP 119NE y 121NE; Que, mediante Resolución Directoral Nº 220-2014MTC/12 del 24 de abril del 2014 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de mayo del 2014, se otorgó a la empresa SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C. la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo ­ Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección a la Fauna, Prospección, Carga Externa y Combate de Incendios, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 28 de mayo del 2014; Que, dicha resolución fue modificada a través de la Resolución Directoral Nº169-2016-MTC/12 del 20 de abril del 2016 en el sentido de reemplazar los rubros zonas, base y sub bases de operación; Que, mediante Expediente Nº T-076520-2017 del 23 de marzo del 2017 la empresa SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C., solicitó la Modificación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, según los términos del Memorando Nº 4582017-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 205-2017MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 069-2017-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 066-2017-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 256-2017MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes;



CÓDIGO

1538202-6

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