Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2017 (28/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de junio de 2017 /

El Peruano

(Tres millones Setecientos Treinta y Siete mil Trescientos Noventa y Nueve y 00/100 Soles), sujeto a los términos y condiciones contenidas en la citada enmienda, además precisa que Ia ejecución del convenio es desde su suscripción hasta el 31 de diciembre de 2017. Que, mediante Memorándum Nº 940-2017-SERNANPOA, la Oficina de Administración alcanza el Informe N° 103-2017-SERNANP-OA-UOFF-TESORERIA y en concordancia a Ia Carta N° 089-2017/CI-LIM, informa que Ia Fundación Conservación Internacional ­ CI, en el marco del citado convenio y con cargo a su VI Enmienda, realizó el decimoséptimo desembolso por el importe de S/ 231 877,40 a Ia cuenta corriente N° 00-000-877816 Donaciones y Transferencias del Banco de Ia Nación del Perú. Que, mediante el Oficio N°172-2017-SERNANPBPAM del 06 de junio de 2017, Ia Jefatura del Bosque de Protección Alto Mayo, remite a Ia Oficina de Planeamiento y Presupuesto el Plan Operativo Anual 2017 por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, en el cual se considera el monto de S/ 231 877,40 programados para Ia atención de sus Contratos Administrativos de Servicios y gastos operativos, en el marco del Convenio N°006-2011 y con cargo a su VI enmienda, suscrita con el objetivo de apoyar el proyecto EG_13_001 "Conservación del Bosque de Protección Alto Mayo". Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que: "Las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen de (...) las fuentes de financiamiento distintas a las de recursos ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal", concordante con el inciso ii) del numeral 19.2, del artículo 19 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria"; Que, el artículo 69º el Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, indica que "Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad"; Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la Directiva 005-2010-EF/76.01, "Directiva para Ia Ejecución Presupuestaria" señala que: dado el carácter financiero del presupuesto del Sector Público, solo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros; Que, mediante Informe Nº 232-2017-SERNANPOPP del 08 de junio de 2017, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto considera técnicamente factible la incorporación de recursos presupuestarios al presupuesto institucional del pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP para el año fiscal 2017, hasta por un monto de S/ 231 877,00 por redondeo en la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, en el marco del Convenio de donación entre Fundación Conservación Internacional y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, con cargo a la VI enmienda, suscrito con el objetivo de apoyar el proyecto EG_13_001 "Conservación del Bosque de Protección Alto Mayo". Con las visaciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, y; En uso de las facultades conferidas en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM.

SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptación de la Donación Aceptar la donación dineraria ascendente a la suma de Doscientos treinta y un mil ochocientos setenta y siete y 40/100 (S/ 231 877,40) efectuada en el marco del Convenio de donación entre Fundación Conservación Internacional y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, con cargo a la VI enmienda, suscrito con el objetivo de apoyar el proyecto EG_13_001 "Conservación del Bosque de Protección Alto Mayo". Artículo 2º.- Incorporación Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de Doscientos treinta y un mil ochocientos setenta y siete y 00/100 (S/ 231 877,00) por redondeo, por la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, en el marco del Convenio de donación entre Fundación Conservación Internacional y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, con cargo a la VI enmienda, suscrito con el objetivo de apoyar el proyecto EG_13_001 "Conservación del Bosque de Protección Alto Mayo", de acuerdo al anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Codificación La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SERNANP, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4º.Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SERNANP instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5º.- Presentación de la Resolución Remitir copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 6º.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese y comuníquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe 1537446-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Prorrogan funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios en diversas Cortes Superiores de Justicia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 078-2017-P-CE-PJ Lima, 27 de junio de 2017

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