Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2017 (22/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Lunes 22 de mayo de 2017 /

El Peruano

emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (...)"; y en el artículo 192° se establece que: "los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: 1) Aprobar su organización interna y su Presupuesto"; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° precisa: "la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia"; y en el artículo 35° literal c) establece como competencias exclusivas: "Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto"; Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en el literal c) del numeral 10.1 del artículo 10º establece son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales de acuerdo al artículo 35º de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización Nº 27783, "Aprobar su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto"; Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el literal b) numeral 53.1, artículo 53º, establece que: "para la aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Regionales, el Titular del Pliego propone dicho proyecto al Consejo Regional para su aprobación mediante Acuerdo, siendo posteriormente promulgado a través de Resolución Ejecutiva Regional"; y, en el literal a) numeral 54.1 del artículo 54º se establece que: "el plazo de la promulgación o aprobación y presentación de los presupuestos institucionales de apertura, que se promulgan o aprueban, según sea el caso, sus respectivos presupuestos dentro de un plazo que vence el 31 de diciembre de cada año fiscal anterior a su vigencia. La resolución aprobatoria del Presupuesto Institucional de Apertura debe estar detallada a nivel de ingresos y de egresos, por Unidad Ejecutora, de ser el caso, por Función, Programa, Subprograma, Actividad, Categoría de Gasto, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento"; Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, contiene los Anexos del 1 al 4 que forman parte de la Resolución del Presupuesto Institucional de Apertura del pliego Presupuestario y que el Ministerio de Economía y Finanzas; a través del Oficio Circular Nº 007-2016-EF/50.03 hizo llegar los reportes oficiales de la indicada Ley, conteniendo los montos de Ingresos, Gastos, Estructura Funcional Programática y la Estructura Funcional del Pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca, según el siguiente detalle: Anexo 1: "Presupuesto Institucional de Apertura de los Ingresos por Partidas" que contiene el desagregado del presupuesto de ingresos a nivel de Pliego y específicas del ingreso por cada fuente de financiamiento excepto el correspondiente a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Anexo 2: "Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos" que contiene el desagregado del presupuesto de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/ Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica del Gasto y Fuentes de Financiamiento. Anexo 3: "Estructura Programática" que contiene la estructura del pliego a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto y Actividad/ Obra/ Acción de inversión. Anexo 4: "Estructura Funcional" que contiene la estructura del pliego a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional y Grupo Funcional. Que, mediante Informe Nº 027-2016-GR-CAJGRPPAT, del 14 de diciembre del 2016, el Gerente de Presupuesto Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, Econ. Luis Alberto Vallejos Portal, remite al Gobernador Regional Sr. Hilario Porfirio Medina Vásquez,

el Informe Técnico para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca, para el Año Fiscal 2017, en el que emite opinión, solicitando que se apruebe el Presupuesto Institucional de Apertura 2017 (PIA) del Pliego 445 del Gobierno Regional Cajamarca, por un monto total por toda fuente de financiamiento de S/. 1, 306,344.065 Nuevos Soles, según el siguiente detalle: CATEGORIA DEL GASTO Gastos Corrientes Gastos de Capital Servicio de la Deuda EN NUEVOS SOLES 1160,554.279.00 117,554.938.00 28,234.848.00 TOTAL S/. 1 306,344.065.00

Que, mediante Informe Legal Nº 81-2016-GR.CAJ. DRAJ, de fecha 16 de diciembre de 2016, el Director Regional de Asesoría Jurídica, Abg. Manuel R. Meza Rosas remite al Gobernador Regional Prof. Hilario Porfirio Medina Vásquez, la opinión legal, señalando que al amparo del marco normativo opina favorablemente por la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca - Año fiscal 2017; Que, mediante Oficio Nº 361-2016-GR.CAJ/P, de fecha 20 de diciembre de 2016, el Gobernador Regional Sr. Hilario Porfirio Medina Vásquez, remite al Consejero Delegado, Prof. Wigberto Vásquez Vásquez la documentación del Presupuesto Institucional de Apertura del Gobierno Regional Cajamarca ­ Año Fiscal 2017, aprobado por Ley del Presupuesto N° 30518, solicitándole que por intermedio de su persona ponga a consideración del Pleno del Consejo Regional para su aprobación; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional; Ley Nº 27783, Ley de Bases Descentralizadas; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 07-2016-GR.CAJCR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del año fiscal 2017 del Gobierno Regional Cajamarca, el mismo que en tres cientos doce (312) folios se adjunta y forma parte integrante del presente Acuerdo Regional, con la finalidad de dar cumplimiento a los requerimientos y plazos establecidos por la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca y áreas competentes, dar cumplimiento a la presente Acuerdo Regional. Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano. Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Comunicación y Relaciones Públicas la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. WIGBERTO VASQUEZ VASQUEZ Consejero Delegado Pdte. del Consejo Regional 1522565-2

Aprueban Plan Anual 2017 del Gobierno Regional Cajamarca
ACUERDO REGIONAL Nº 096-2016-GR.CAJ-CR Cajamarca, 29 de diciembre de 2016

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