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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2017 (23/05/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Martes 23 de mayo de 2017 El Peruano / Que, con Resolución Ministerial N° 158-2016-MIDIS del 26 de julio de 2016, se aprobó el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, dispone que a través de Directiva emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE se aprobó la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH: “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, modi fi cada por Resolución de Presidencia N° 057-2016-SERVIR-PE, en la que se incluyen, entre otros, los supuestos que habilitan a las entidades públicas a aprobar un Cuadro para Asignación de Personal Provisional (en adelante, CAP Provisional); Que, el numeral 7.5 de la citada Directiva señala que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057. Asimismo, señala que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo N° 4 de la mencionada Directiva; Que, el numeral 1.3 del Anexo N° 4 de la citada Directiva señala como uno de los supuestos que habilitan a aprobar el CAP Provisional que, “las entidades que cuenten con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente pueden elaborar una propuesta de CAP Provisional en que considere un ajuste de hasta por un máximo de 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fi scal (…). En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto”; Que, a su vez, el numeral 1.5 del Anexo N° 4 de la referida Directiva señala como otro de los supuestos que habilita a aprobar el CAP Provisional que, “el cumplimiento de una orden judicial emitida por autoridad judicial competente que disponga la reincorporación de un servidor bajo los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos Nos. 276 y 728, así como de las carreras especiales”; Que, el numeral 4.2 del Anexo N° 4 de la citada Directiva dispone que la aprobación del CAP Provisional de las entidades del Gobierno Nacional, que incluye Ministerios, Organismos Públicos, sus programas y proyectos adscritos, Entidades Administradoras de Fondos Intangibles de la Seguridad Social Empresarial y las Empresas del Estado pertenecientes al Gobierno Nacional, se realiza mediante Resolución Ministerial; Que, a través del Informe N° 131-2017-MIDIS- FONCODES/URH, la Unidad de Recursos Humanos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES en su calidad de órgano responsable solicitó y sustentó la necesidad de aprobar un Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del FONCODES. Asimismo, la referida propuesta cuenta con la opinión favorable de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, según Informe N° 19-2017-MIDIS-FONCODES/UPP-CROM; Que, mediante O fi cio N° 543-2017-SERVIR/PE la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil adjunta el Informe Técnico N° 094-2017-SERVIR/GDSRH, que constituye la opinión técnica previa de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, conforme a lo establecido en el numeral 4.1 del Anexo N° 4 de la citada Directiva; Que, con O fi cio N° 555-2017-MIDIS-FONCODES/DE, la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES solicita la aprobación del CAP Provisional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES; Que, mediante Memorando N° 367-2017-MIDIS/ VMPS, el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales solicita continuar con el trámite de aprobación del CAP Provisional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES; Que, en atención a las consideraciones expuestas, y de acuerdo con los documentos de Vistos, corresponde aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, a fi n de contar con un instrumento de gestión actualizado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y su modi fi catoria; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; la Resolución Ministerial N° 158-2016-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE que aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRG “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, modi fi cada por Resolución de Presidencia N° 057-2016-SERVIR-PE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, el mismo que en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en los portales institucionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe) y del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES (www.foncodes.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social FORMATO 4-B CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL PROVISIONAL 2017 ENTIDAD: FONDO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL SECTOR: DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL I. DENOMINACION DEL ORGANO DIRECCIÓN EJECUTIVA DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGANICA Nº DE ORDENCARGO ESTRUCTURAL CODIGOCLASIFI- CACIONTOTALSITUACION DEL CARGO CARGO DE CONFIANZA OCUPADA PREVISTA 001 Director Ejecutivo 004.01.00.2 EC 1 0 1 1 002 Coordinador 004.01.00.4 SP-EJ 1 0 1 003/004 Profesional IV 004.01.00.5 SP-ES 2 2 0 005 Técnico V 004.01.00.6 SP-AP 1 1 0