Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2017 (08/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 8 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Aprueban modificaciones en el Texto Ordenado de la Directiva N° 004-2015-EF/51.01 "Presentación de Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria del Cierre Contable por las Entidades Gubernamentales para la elaboración de la Cuenta General de la República"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 014-2017-EF/51.01 Lima, 03 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, los incisos a) y b) del artículo 7 de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señalan como atribuciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, entre otras la de aprobar las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público y elaborar la Cuenta General de la República; Que, mediante la Resolución Directoral N° 014-2016EF/51.01 se aprobó el Texto Ordenado de la Directiva N° 004-2015-EF/51.01 "Presentación de Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria del Cierre Contable por las Entidades Gubernamentales del Estado para la elaboración de la Cuenta General de la República", aprobada con Resolución Directoral N° 0162015-EF/51.01; Que, se ha estimado conveniente que el reconocimiento de una obligación como cuentas por pagar derivado de una sentencia judicial en calidad de cosa juzgada, se efectúe considerando la fecha de notificación del requerimiento de pago comunicando a la Entidad Pública por la Sala Jurisdiccional correspondiente, este cambio de política contable, amerita que se precise al momento del registro de estas contingencias y sus respectivas provisiones contables; Que, como resultado de la auditoría a la Cuenta General de la República del año 2016, existen aspectos que deben ser incorporados en la citada Directiva, así como deben realizarse precisiones y actualizaciones las que se detallan en el Anexo, Cronogramas y Formatos de presentación de información financiera y presupuestal que forma parte de la presente Resolución; Estando a lo propuesto por la Dirección de Normatividad; en coordinación con la Dirección de Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, la Dirección de Gobiernos Locales y la Dirección de Análisis y Consolidación, de esta Dirección General y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el artículo 7 de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1°. Aprobación de modificatorias. Aprobar las modificaciones en el Texto Ordenado de la Directiva N° 004-2015-EF/51.01 "Presentación de Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria del Cierre Contable por las Entidades Gubernamentales para la elaboración de la Cuenta General de la República", contenidas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, cuya vigencia es a partir del cierre contable 2017. Artículo 2°. Publicación y difusión de la Resolución, Texto Ordenado de la Directiva, Anexos y Cronogramas. Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial "El Peruano" y la difusión del Texto Ordenado de la Directiva N° 004-2015EF/51.01 y sus Anexos N° 1 Formatos modificados, Anexo N° 2 Cronograma de Recepción y/o Presentación de Información Contable de Cierre 2017 para los

Gobiernos Locales, Centros Poblados, Sociedades de Beneficencia Pública, Institutos Viales Provinciales y Mancomunidades Municipales y Anexo N° 3 Cronograma de Conciliación del Marco Legal del Presupuesto y Ejecución del Ejercicio 2017 en web para los Gobiernos Locales, Mancomunidades Municipales, Sociedades de Beneficencia Pública, Institutos Viales Provinciales y Centros Poblados, en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe, en la misma fecha de publicación que en el Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Director General Dirección General de Contabilidad Pública 1584240-1

EDUCACION
Designan representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo de Administración del FONDEP
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2017-MINEDU Lima, 6 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28332, Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana ­ FONDEP, establece la organización y los mecanismos para el funcionamiento del referido Fondo, creado por la Octava Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley N° 28044, Ley General de Educación; así como el marco general para el financiamiento de los proyectos educativos presentados ante el mismo; Que, de acuerdo con el artículo 11 del Reglamento de la Ley N° 28332, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2005-ED, el Consejo de Administración del FONDEP está conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, el cual será designado a propuesta de su institución mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Educación, por un período de cuatro años; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 037-2013-ED, se designó al señor JESUS RUITON CABANILLAS, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo de Administración del FONDEP; Que, con Oficio N° 2089-2017-EF/10.01, el Ministerio de Economía y Finanzas, propone al señor DANTE JAVIER BELTRAN ARIAS, Especialista de la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el citado Consejo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; la Ley N° 28332, Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana ­ FONDEP, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2005-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación contenida en el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 037-2013-ED. Artículo 2.- Designar al señor DANTE JAVIER BELTRAN ARIAS, Especialista de la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana ­ FONDEP.

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