Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2017 (08/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Miércoles 8 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República IDEL ALFONSO VEXLER TALLEDO Ministro de Educación 1584407-2

Dejan sin efecto la R.M. N° 0038-2011ED, que aprobó el "Instructivo para la formulación de indicadores de desempeño de las políticas nacionales de obligatorio cumplimiento en materia de juventud, establecidas mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 607-2017-MINEDU Lima, 7 de noviembre de 2017 VISTO, el Expediente N° 2017-108993, que contiene los Oficios N°s 278-2017-MINEDU/DM-SENAJU y 314-2017-MINEDU/DM-SENAJU de la Secretaría Nacional de la Juventud; los Informes N°s 148-2017-MINEDU/DMSENAJU-DAIM y 161-2017-MINEDU/DM-SENAJU-DAIM de la Dirección de Asistencia Integral y Monitoreo de la Secretaría Nacional de la Juventud; el Oficio N° 820-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 1015-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:

Que, con los Oficios N°s 278-2017-MINEDU/ DM-SENAJU y 314-2017-MINEDU/DM-SENAJU, la Secretaría Nacional de la Juventud remite los Informes N°s 148-2017-MINEDU/DM-SENAJU-DAIM y 161-2017-MINEDU/DM-SENAJU-DAIM de la Dirección de Asistencia Integral y Monitoreo, a través de los cuales se propone que la Resolución Ministerial N° 0038-2011ED, que aprobó el "Instructivo para la formulación de indicadores de desempeño de las políticas nacionales de obligatorio cumplimiento en materia de juventud, establecidas mediante Decreto Supremo N° 027-2007PCM" quede sin efecto, debido a que los indicadores de desempeño por sector estatal propuestos en el citado Instructivo, así como la asistencia técnica para su incorporación, en la actualidad no se encuentran acordes a las nuevas disposiciones establecidas en la Directiva Nº 001-2016-PCM-SC - "Lineamientos para la aprobación de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, y sus modificatorias; y, para la presentación de informes de evaluación", aprobada por Resolución Ministerial Nº 0642016-PCM; Que, por lo expuesto, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0038-2011-ED, que aprobó el "Instructivo para la formulación de indicadores de desempeño de las políticas nacionales de obligatorio cumplimiento en materia de juventud, establecidas mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0038-2011-ED, que aprobó el "Instructivo para la formulación de indicadores de desempeño de las políticas nacionales de obligatorio cumplimiento en materia de juventud, establecidas mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM". Regístrese, comuníquese y publíquese.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM se definen y establecen las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; Que, el artículo 2, numeral 3 del citado Decreto Supremo establece la Política Nacional en materia de Juventud, correspondiendo al Ministerio de Educación supervisar su cumplimiento; Que, con Resolución Ministerial N° 0038-2011-ED, se aprobó el "Instructivo para la formulación de indicadores de desempeño de las políticas nacionales de obligatorio cumplimiento en materia de juventud, establecidas mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM"; Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU establece que la Secretaría Nacional de la Juventud es el órgano de asesoramiento encargado de formular y proponer políticas de Estado en materia de Juventud, que contribuyan al desarrollo integral de los jóvenes en temas de empleabilidad, mejoramiento de la calidad de vida, inclusión social, participación y acceso a espacios en todos los ámbitos del desarrollo humano, así como promover y supervisar programas y proyectos en beneficio de los jóvenes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 064-2016PCM, se aprobó la Directiva Nº 001-2016-PCM-SC - "Lineamientos para la aprobación de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, y sus modificatorias; y, para la presentación de informes de evaluación"; la cual permite a las Entidades Públicas gestionar el proceso para la formulación y aprobación de indicadores de desempeño y metas para las Políticas Nacionales en el marco del referido Decreto Supremo y sus modificatorias, así como para la elaboración y reporte de informes de evaluación semestral y anual;

IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1584356-1

Designan miembro del Consejo Nacional de Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 608-2017-MINEDU Lima, 7 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 007-2002-ED, se reincorpora al Consejo Nacional de Educación, como órgano especializado del Sector Educación, dentro de su estructura orgánica; Que, el artículo 81 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Consejo Nacional de Educación es un órgano especializado, consultivo y autónomo del Ministerio de Educación que tiene como finalidad participar en la formulación, concertación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Nacional, las políticas y planes educativos de mediano y largo plazo y las políticas intersectoriales que contribuyen al desarrollo de la educación. Promueve acuerdos y compromisos a favor del desarrollo educativo del país a través del ejercicio participativo del Estado y la sociedad civil; opina de oficio en asuntos concernientes al conjunto de la educación peruana y está integrado por personalidades especializadas y representativas de la vida nacional, seleccionadas con criterios de pluralidad e interdisciplinariedad;

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