Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2017 (08/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Miércoles 8 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES
Revisión: Original Cuadro Resumen de Viajes

45
Fecha: 30.08.10

DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002

RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONAUTICA - COMPRENDIDOS LOS DÍAS 10 AL 12 DE NOVIEMBRE DE 2017 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 949 -2017-MTC/12.04 Y Nº 532 -2017-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) US$ 600.00 SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD BOGOTA D.C. PAÍS REPUBLICA DE COLOMBIA DETALLE Chequeo técnico de Verificación de Competencia en simulador de vuelo en el equipo A-320 a su personal aeronáutico RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 18920-18921

3209-2017-MTC/12.04 10-nov

12-nov

PINEDO VIVA AIRLINES PERU BASTOS, JOSE S.A.C. ROGER

1584385-1

Aceptan renuncia de Asesor II del Despacho Viceministerial de Transportes
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1076-2017 MTC/01 Lima, 7 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 6842017 MTC/01, se designó al señor Julio César Zavala Hernández, en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Julio César Zavala Hernández, al cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1584385-2

CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: "El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado que tiene competencia exclusiva para normar y gestionar el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en el ámbito nacional (...)"; Que, el artículo 4 de la ley señalada establece lo siguiente: "Las inspecciones técnicas vehiculares están a cargo de los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV), previamente autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Estas autorizaciones se otorgan sin carácter exclusivo, sobre la base de la situación del mercado automotriz de cada región y de su distribución geográfica, y por los mecanismos legales que la normativa contempla para tales casos"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verificar que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte, el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, el literal a) del inciso 5.1 del artículo 5 de El Reglamento señala que es competencia de del Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar las autorizaciones de funcionamiento a los Centros de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV; Que, mediante solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº E-175133-2017 del 10 de julio de 2017, el señor Salvador Félix Onofre Chávez identificado con DNI Nº 07666535, en calidad de Gerente General de la empresa FERMAX PERÚ S.A.C. con RUC Nº 20600669487 y domicilio en Av. Alfredo Mendiola Nº 365, Ofic. 101, Urbanización Ingeniería, distrito San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima, en adelante La Empresa, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV, con una (01) línea de inspección técnica vehicular de tipo mixta1, en el local ubicado en el Sub. Lote 13-C, Avenida La Esperanza Nº 631, Fundo La Estrella, distrito Ate, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución Nº 0239-2017/SDCINDECOPI, la Sala Especializada en la Defensa de la

Autorizan a Fermax Perú S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular tipo fijo para operar en local ubicado en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 4730-2017-MTC/15 Lima, 20 de octubre de 2017 VISTOS: La solicitud registrada mediante la Hoja de Ruta Nº E-175133-2017, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentados por la empresa FERMAX PERÚ S.A.C. a través de los cuales, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular tipo fijo en el distrito de Ate y;

1

Literal d) del numeral 27.1 del artículo 27 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y modificatorias: "Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta: Línea de inspección destinada a la revisión alterna de vehículos livianos y pesados".

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