Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2017 (18/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 18 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Unidad de Gestión Educativa Local, de Director y Jefe de Gestión Pedagógica; en virtud de lo cual mediante Oficio N° 02534-2017-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la información registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público" la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, ha determinado que el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 28 582 631,00), para financiar el costo del acceso a cargos de Director de Unidad de Gestión Educativa Local, Director de Gestión Pedagógica y Jefe de Gestión Pedagógica; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales hasta por la suma total de VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 28 582 631,00), para financiar el costo del acceso a cargos de Director de Unidad de Gestión Educativa Local, Director de Gestión Pedagógica y Jefe de Gestión Pedagógica; De conformidad con lo establecido en los literales a) y h) del numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 28 582 631,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de la Remuneración Integra Mensual y las asignaciones temporales de los profesores que desempeñan el cargo de Director de Unidad de Gestión Educativa Local, de Director de Gestión Pedagógica o de Jefe de Gestión Pedagógica, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego y unidad ejecutora, se detallan en el Anexo "Transferencia de partidas a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de Director de Unidad de Gestión Educativa Local, de Director y Jefe de Gestión Pedagógica" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas IDEL ALFONSO VEXLER TALLEDO Ministro de Educación 1587986-4

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 28 582 631,00 --------------------TOTAL EGRESOS 28 582 631,00 ============ En Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales 026 : Programa Educación Básica para Todos

A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

Aprueban el "Procedimiento para la Notificación Electrónica de los Actos Administrativos que emite el Tribunal Fiscal y otros actos que faciliten la resolución de las controversias"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 442-2017-EF/40 Lima, 17 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 1332013-EF, modificado por el Decreto Legislativo N° 1263, señala que el domicilio procesal puede ser electrónico, en

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 28 582 631,00 --------------------TOTAL EGRESOS 28 582 631,00 ============

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