Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (11/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de octubre de 2017 / El Peruano c) El/la representante de la Organización Nacional de Mujeres Indígenas y Amazónicas del Perú-ONAMIAP. d) El/la representante del Centro de Culturas Indígenas del Perú – CHIRAPAQ; e) El/la representante de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana-AIDESEP. f) El/la representante de la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú-CONAP. g) El/la representante de la Confederación Nacional Agraria – CNA. h) El/la representante Confederación Campesina del Perú – CCP. i) En calidad de observadores participarán el/la representante de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural a través de su unidad orgánica Dirección de Políticas Indígenas del Ministerio de Cultura y el/la representante del Programa de Pueblos Indígenas del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, quienes en el marco de sus competencias, coadyuvarán a las acciones que realizará la Mesa de Trabajo. j) Otras organizaciones de mujeres pertenecientes a los pueblos indígenas u originarios, o instituciones indígenas, o entidades públicas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 de la presente resolución. Los representantes titulares y alternos ante el Grupo de Trabajo, así como los observadores, ejercerán sus funciones ad honorem. Artículo 5.- Secretaría Técnica El Grupo de Trabajo “Mesa de Trabajo para Promover los Derechos de las Mujeres Indígenas u Originarias” contará con una Secretaría Técnica encargada de brindar apoyo técnico y administrativo permanente, la cual estará a cargo de el/la Director/a de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación. Artículo 6.- Acreditación de los representantes Los/Las representantes titulares y alternos, así como los observadores del Grupo de Trabajo serán designados mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia del Grupo de Trabajo en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 7.- Incorporación de nuevos integrantes El Grupo de Trabajo podrá invitar a otras organizaciones e instituciones con representación nacional pertenecientes a pueblos indígenas u originarios e instituciones indígenas, a fi n de integrarse a este mecanismo de diálogo. Asimismo, podrá recibir solicitudes de incorporación por parte de organizaciones, instituciones con representación nacional y especialistas que trabajen en favor de los derechos de las mujeres indígenas u originarias. Artículo 8.- Participación de otras instituciones El Grupo de Trabajo podrá invitar a profesionales especializados en la materia y a aquellas entidades públicas y organismos internacionales que tengan competencia en materias comprendidas en la protección y promoción de los derechos de las mujeres pertenecientes a pueblos indígenas u originarios. Artículo 9.- Instalación El Grupo de Trabajo para promover los derechos de las mujeres indígenas u originarias se instalará dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la publicación de la presente Resolución. Artículo 10.- Plan de Trabajo Anual Para el desarrollo de las actividades especí fi cas, el Grupo de Trabajo “Mesa de Trabajo para Promover los Derechos de las Mujeres Indígenas u Originarias” elaborará un Plan de Trabajo anual en el que se precisan objetivos, acciones, responsabilidades y plazos de la ejecución de dicho Plan, el mismo que contará con un informe anual sobre su ejecución. Artículo 11.- FinanciamientoEl funcionamiento del Grupo de Trabajo “Mesa de Trabajo para Promover los Derechos de las Mujeres Indígenas u Originarias” no demandará gastos adicionales al presupuesto institucional del MIMP. Artículo 12.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP (www.mimp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1574721-1 Designan Director General de la Oficina General de Recursos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL № 289-2017-MIMP Lima, 10 de octubre de 2017CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial № 037-2017- MIMP, entre otras acciones, se designó al señor Jorge Carlos Pastor Ballón en el cargo de con fi anza de Director General de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, el referido funcionario ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que lo reemplazará; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley № 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley № 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo № 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo № 003-2012-MIMP y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JORGE CARLOS PASTOR BALLÓN al cargo de con fi anza de Director General de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor CÉSAR JUAN RIVADENEIRA ESPINOZA en el cargo de con fi anza de Director General de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1574721-2 Designan Asesora II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 290-2017-MIMP Lima, 10 de octubre de 2017