Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2017 (11/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de octubre de 2017 /

El Peruano

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Guillermo Renzo De Lama Catter, de los Suboficiales Brigadieres de la Policía Nacional del Perú José Antonio Rivas Garay y Daniel Adolfo Pazos Cárdenas, del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Melqui Eliaquin Acaro Ortega, del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Carlos Miguel Uribarri Morán, de los Suboficiales de Segunda de la Policía Nacional del Perú Raly Vásquez Jiménez, Pablo César Janampa Oliva, Pedro César Ramírez Velásquez y Saúl Sandoval Saldarriaga, y de los Suboficiales de Tercera de la Policía Nacional del Perú Segundo Wilfredo Ortiz Revilla, Luis Eddy Oyola Atoche y Luis Alberto Melgarejo Calixto, del 11 al 14 de octubre de 2017, a las ciudades de Macas y de Santa Ana de los Cuatro Ríos de Cuenca de la República del Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos Importe US$ Días Personas Total US$ 370.00 X 3 X 12 = 13,320.00

y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Felipe Iván Barriga Ramírez en el cargo público de confianza de Asesor II de la Secretaría General del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1574875-2

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Conforman el Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Trabajo para Promover los Derechos de las Mujeres Indígenas u Originarias"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL 288-2017-MIMP Lima, 10 de octubre de 2017 Vistos, los Informes Nºs. 19 y 100-2017-MIMP-DGIGNDDPPDM de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres y el Memorándum Nº 221-2017MIMP/DGIGND de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece el mandato de igualdad y no discriminación, al disponer que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley, y que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole; Que, la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú señala que las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce, se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y con los tratados sobre las mismas materias ratificados por el Perú; Que, los artículos 2 y 3 del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo disponen que los gobiernos deben asumir la responsabilidad de desarrollar con la participación de los pueblos interesados, acciones que promuevan los derechos humanos y libertades fundamentales de los pueblos indígenas y tribales sin obstáculos ni discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos; Que, el artículo 2 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, proclama que los pueblos y los individuos indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos y personas, y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular la fundada en su origen o identidad indígena; Que, la Resolución A/RES/69/2 de la Asamblea General de las Naciones Unidas afirma el compromiso de los Estados Miembros a apoyar el empoderamiento de las organizaciones, políticas y programas; las medidas que aseguren la participación plena y efectiva en los procesos de adopción de decisiones en todos los niveles y ámbitos, eliminar los obstáculos a participar en la vida política, económica, social y cultural; e intensificar los esfuerzos, en cooperación de las mujeres indígenas, para prevenir y

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1574875-1

Designan Asesor II de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1008-2017-IN Lima, 10 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2017-IN, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, que establece la estructura orgánica del Sector; Que, se encuentra vacante el cargo público de confianza de Asesor II de la Secretaría General del Ministerio del Interior; Que, por razones de servicio resulta necesario designar al servidor público que ocupe el mencionado cargo; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización

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