Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2017 (14/10/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de octubre de 2017 /

El Peruano

Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1576325-3

ENERGIA Y MINAS
Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de CHAKANA RESOURCES S.A.C. durante la fase de exploración
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 421-2017-MEM/DM Lima, 12 de octubre de 2017 VISTOS: El Informe N° 1334-2017-MEM-DGM-DNM, del 18 de setiembre de 2017, de la Dirección Normativa de Minería de la Dirección General de Minería; y, el Informe N° 312-2017-MEM/OGJ, del 28 de setiembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración, establece que los titulares de concesiones mineras a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, tendrán derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal que les sean trasladados o que paguen para la ejecución de sus actividades durante la fase de exploración; y, para efectos de acogerse a lo dispuesto en dicha Ley, los titulares de concesiones mineras deberán cumplir con celebrar un Contrato de Inversión en Exploración con el Estado, el cual será suscrito por la Dirección General de Minería; Que, el artículo 2 de la referida Ley establece que la devolución dispuesta en su artículo 1, comprende el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal correspondiente a todas las importaciones o adquisiciones de bienes, prestación o utilización de servicios y contratos de construcción que se utilicen directamente en la ejecución de actividades de exploración de recursos minerales en el país; Que, el inciso c) del artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 27623, aprobado por Decreto Supremo N° 0822002-EF, dispone que los bienes y servicios que otorgarán el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal deben estar comprendidos en la lista que se apruebe por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; y, el detalle de la lista de bienes y servicios que apruebe dicha Resolución Ministerial será incluido en el contrato respectivo; Que, por Decreto Supremo N° 150-2002-EF se aprueba la lista general de los bienes y los servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, mediante escrito con registro N° 2721551, del 6 de julio de 2017, subsanado con escrito con registro N° 2731789, del 10 de agosto de 2017, CHAKANA RESOURCES S.A.C. solicita al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contrato de Inversión en Exploración al amparo de la Ley N° 27623, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal durante la fase de exploración, conforme al Arancel de Aduanas 2017, aprobado por Decreto Supremo N° 342-2016-EF; Que, mediante el Oficio N° 087-2017-EF/15.01, del 11 de setiembre de 2017, la Viceministra de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe N°

EDUCACION
Designan Jefa de la Oficina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 564-2017-MINEDU Lima, 13 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 080-2017-MINEDU, se designó a la señora MARIA INES GUTIERREZ PRADO en el cargo de Jefa de la Oficina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia y designar a la funcionaria que ejercerá el cargo de Jefa de la Oficina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora MARIA INES GUTIERREZ PRADO al cargo de Jefa de la Oficina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora DORIS RENATA TEODORI DE LA PUENTE en el cargo de Jefa de la Oficina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1576322-1

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