Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2017 (03/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Domingo 3 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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ríos y lagos que se destinen al fondeo de embarcaciones deportivas y de recreo fijadas por las Capitanías de puerto, a solicitud de los interesados, no irrogarán pago por este concepto. (4) Resolución Directoral N° 450-1987/DCG de fecha 20 de octubre de 1987, Establece la evaluación periódica de los Oficiales de la Marina Mercante Nacional, registrándose en las Fojas de Notas y Conceptos, conforme a la Forma anexa. (5) Resolución Directoral N° 015-1989/DCG de fecha 13 de febrero de 1989, Los Agentes Marítimos que soliciten permiso de entrada a puerto para buques pesqueros de bandera extranjera, que no posean permiso de pesca ni de navegación, están obligados, bajo responsabilidad de poner en conocimiento de los capitanes de puerto. (6) Resolución Directoral N° 0032-1989/DCG de fecha 07 de marzo de 1989, Las empresa navieras nacionales que se encuentren operando buques bajo el sistema de arrendamiento financiero o que hayan celebrado contratos de fletamento a casco desnudo con opción de compra, deberán proporcionar los roles de tripulación de los buques que se encuentren bajo su operación, debiendo ser el 80% de la dotación. (7) Resolución Directoral N° 0153-1989/DCG de fecha 12 de julio de 1989, Precisase el monto de las multas aplicarse a las naves pesqueras de bandera extranjera capturadas en el Dominio Marítimo del Perú. (8) Resolución Directoral N° 0188-1989/DCG de fecha 15 de agosto de 1989, Modifica las normas para el zarpe y arribo de embarcaciones pesquera nacionales menores de 500 TRB. (9) Resolución Directoral N° 0300-1989/DCG de fecha 07 de marzo de 1989, Extender hasta el 31 de diciembre de 1989, el plazo para reinscripción de buques, embarcaciones y artefactos navales que no hayan podido reinscribirse en el plazo establecido. (10) Resolución Directoral N° 2314-1989 ­DC/MGP de fecha 04 de diciembre de 1989, Establece el servicio de tráfico de naves en la bahía del Callao y cercanías, a cargo de la Capitanía de Puerto del Callao. (11) Resolución Directoral N° 035-1990 ­DC-MGP de fecha 21 de febrero de 1990, Aprueba las normas para la prevención del tráfico de estupefacientes. (12) Resolución Directoral N° 089-1990 ­DC-MGP de fecha 03 de abril de 1990, que modifica el artículo 3° de la Resolución Directoral N° 035-1990 ­DC-MGP sobre el tráfico de estupefacientes. (13) Resolución Directoral N° 0345-90-DC/MGP de fecha 09 de octubre de 1990, Requisitos para inscripción de cooperativas de trabajadores dedicadas a la prestación de servicios, para labores de trabajo marítimo. (14) Resolución Directoral N° 126-91-DC/MGP de fecha 30 de julio de 1991, Requisitos para inscripción para efectuar labores como trabajador en las Cooperativas y empresas cuales quiera sea su modalidad en las faenas de embarque y desembarque. (15) Resolución Directoral N° 127-91-DC/MGP de fecha 30 de julio de 1991, Requisitos para que cooperativas y empresas efectúen labores en los puertos marítimos, fluviales o lacustres. (16) Resolución Directoral N° 034-1992 ­DC-MGP de fecha 01 de abril de 1992, Normas de carácter general que deben cumplir los que modifica el artículo 3° de la Resolución Directoral N° 035-1990 ­DC-MGP sobre el tráfico de estupefacientes. (17) Resolución Directoral N° 0420-1994/DCG de fecha 30 de diciembre de 1994, Resuelve expedir los Títulos de Oficiales Ingenieros según su equivalencia a los Maquinistas de la Marina Mercante Nacional. (18) Resolución Directoral N° 0039-1996/DCG de fecha 26 de febrero de 1996, Establece el precio de venta al público del Libro de Registro de Hidrocarburos. (19) Resolución Directoral N° 0289-1997/DCG de fecha 18 de setiembre de 1997, establece que toda nave que arribe a puerto peruano procedente de puertos argentinos y chilenos debe fondear en bahía en zonas asignadas. (20) Resolución Directoral N° 034-98/DCG de fecha 10 de febrero de 1998, (21) Resolución Directoral N° 0058-1999/DCG de fecha 15 de febrero de 1999, Procedimientos de Zarpe y

Arribo que deben cumplir las embarcaciones menores de 526.82 arqueo (700 TRB). (22) Resolución Directoral N° 0059-1999/DCG de fecha 15 de febrero de 1999, Amplia el proceso de reinscripción de Capitanes, Pilotos y Patrones de Náutica Deportiva, así como de Oficiales, Patrones y Motoristas de Pesca hasta el 1° de mayo del 1999. (23) Resolución Directoral N° 047-2000/DCG de fecha 17 de febrero de 2000, Dispone que las actividades de formación, evaluación de la competencia, titulación, refrendo y revalidación para la gente de mar se efectuaran acorde a las prescripciones del Convenio Internacional sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar 1978 en su forma enmendada. (24) Resolución Directoral N° 048-2000/DCG de fecha 17 de febrero de 2000, Definir el término Viaje Próximo a Costa como viaje en navegación de cabotaje efectuada entre mayores, menores y caletas de la República. (25) Resolución Directoral N° 049-2000/DCG de fecha 17 de febrero de 2000, Dispone que el otorgamiento de dispensas se efectúe de acuerdo a lo normado en el Artículo VIII del Convenio de Formación 1978, en su forma enmendada. (26) Resolución Directoral N° 0523-2002/DCG de fecha 29 de agosto del 2002, dispone que los operadores de puertos y terminales marítimos, fluviales y lacustre, presenten mensualmente dentro de los CINCO (5) días útiles de cada mes el "Reporte Mensual de Atención de Naves que transportan sustancias potencialmente peligrosas líquidas a granel". (27) Resolución Directoral N° 0647-2003/DCG de fecha 15 de octubre del 2003/DCG de fecha 15 de octubre del 2003, Aprueba la curricula única, para la formación de marineros de pesca artesanal y marineros de pesca calificados. (28) Resolución Directoral N° 298-2003/DCG de fecha 23 de abril del 2011, norma los procedimientos para la recepción y despacho de naves de bandera extranjera que efectúan exclusivamente navegación de cabotaje. (29) Resolución Directoral N° 0683-2003/DCG de fecha 17 de noviembre de 2003, Otorgan plazo improrrogable hasta el 31 de diciembre del 2003, propietarios y armadores de naves y artefactos navales cumplan la Resolución Directoral N° 0481-03/DCG de fecha 10 de julio del 2003. (30) Resolución Directoral N° 0764-2003/DCG de fecha 31 de diciembre del 2003, Modifica el anexo "A" del Plan Curricular para Curso de Formación para Marinero de Pesca Artesanal y Marinero de Pesca Calificado" (31) Resolución Directoral N° 152-2004/DCG de fecha 19 de abril del 2004, Aprueba el formato del Certificado de Inspección de Seguridad Bi-Anual para Boyas y Terminales Portuarios Multiboyas. (32) Resolución Directoral N° 126-2005/DCG de fecha 05 de abril del 2005, Dispone la aplicación obligatoria de la enmienda 31-02 del "Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas" (Código IMDG). (33) Resolución Directoral N° 508-2005/DCG de fecha 14 de octubre del 2005, Dispone el registro de naves y artefactos navales (34) Resolución Directoral N° 466-2006/DCG de fecha 10 de noviembre del 2006, establece responsabilidad solidaria atribuida a las Agencias Marítimas. (35) Resolución Directoral N° 548-2007/DCG de fecha 30 de noviembre del 2007, Deroga la Resolución Directoral N° 0370-2003/DCG de fecha 7 de mayo del 2003. (36) Resolución Directoral N° 1379-2009/DCG de fecha 28 de diciembre de 2009, Aprueba el formato del Certificado de Curso Modelo OMI. (37) Resolución Directoral N° 0755-2011/DCG de fecha 21 de julio del 2011, establece plazo para realizar refrenda de matrículas de naves. (38) Resolución Directoral N° 1442-2012 MGP/ DCG de fecha 21 de diciembre del 2012, Establece la frecuencia que se realizarán las auditorías de gestión a los Centros de Formación. Que, de conformidad con lo propuesto por el Director de Doctrina, Normativa, Gestión y Estadística, a lo opinado por el Director de Control de Actividades Acuáticas,

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