Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2017 (03/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 3 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Director de Seguridad del Estado de la Policía Nacional del Perú, el Coronel de la Policía Nacional del Perú César Enrique Echevarría Cabrejos, Jefe de la División de Planeamiento Operativo de la Policía Nacional del Perú, y el Coronel de la Policía Nacional del Perú Oscar Alfonso Vásquez Gonzales, Jefe de la División de Protección de Dignatarios de la Policía Nacional del Perú, evalúen operaciones de seguridad y efectúen coordinaciones con la Policía Nacional de Colombia en relación a la visita del Papa Francisco a dicho país, ello en mérito a que el Papa Francisco realizará una visita pastoral a la República del Perú, del 18 al 21 de enero de 2018, que incluyen las ciudades de Lima, Trujillo y Puerto Maldonado; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 287-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de agosto de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del Teniente General de la Policía Nacional del Perú Richard Douglas Zubiate Talledo, Sub Director General de la Policía Nacional del Perú, del General de la Policía Nacional del Perú José Teodoro Vásquez Pacheco, Director de Seguridad del Estado de la Policía Nacional del Perú, del Coronel de la Policía Nacional del Perú César Enrique Echevarría Cabrejos, Jefe de la División de Planeamiento Operativo de la Policía Nacional del Perú, y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Oscar Alfonso Vásquez Gonzales, Jefe de la División de Protección de Dignatarios de la Policía Nacional del Perú, para que realicen la visita antes citada, a las ciudades de Bogotá, Distrito Capital, Villavicencio, Medellín y al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias ­ República de Colombia, del 4 al 11 de setiembre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha visita tiene como objetivo evaluar las operaciones de seguridad de las Fuerzas de Seguridad de Colombia, así como efectuar las coordinaciones correspondientes con la Policía Nacional de Colombia y con la Delegación de la Santa Sede, dichos actos permitirán que la Policía Nacional del Perú se encuentre capacitada y organizada para afrontar la visita pastoral del Papa Francisco a la República del Perú, a realizarse del 18 al 21 de enero de 2018, a las ciudades de Lima, Trujillo y Puerto Maldonado; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación de los mencionados comisionados en la visita indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 5201-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 23 de agosto de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la

resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Teniente General de la Policía Nacional del Perú Richard Douglas Zubiate Talledo, Sub Director General de la Policía Nacional del Perú, del General de la Policía Nacional del Perú José Teodoro Vásquez Pacheco, Director de Seguridad del Estado de la Policía Nacional del Perú, del Coronel de la Policía Nacional del Perú César Enrique Echevarría Cabrejos, Jefe de la División de Planeamiento Operativo de la Policía Nacional del Perú, y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Oscar Alfonso Vásquez Gonzales, Jefe de la División de Protección de Dignatarios de la Policía Nacional del Perú, del 4 al 11 de setiembre de 2017, a las ciudades de Bogotá, Distrito Capital, Villavicencio, Medellín y al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias ­ República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ 735.00 370.00 Días X 6 X X Pers. Total US$ 4 = 2,940.00 4 = 8,880.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, los comisionados a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1561301-1

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