Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2017 (03/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 817-2017-IN Lima, 1 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

Domingo 3 de setiembre de 2017 /

El Peruano

VISTOS; la Carta N° S-2017-142/SUDIR-AGREPOLPERÚ, de fecha 9 de agosto de 2017, de la Agregaduría de Policía de la Embajada de Colombia en Perú, la Hoja de Estudio y Opinión N° 291-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 25 de agosto de 2017, de la Dirección General (e) de la Policía Nacional del Perú, el Informe N°0013292017/IN/OGAJ, de fecha 31 de agosto de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° S-2017-142/SUDIRAGREPOL-PERÚ, de fecha 9 de agosto de 2017, la Agregaduría de Policía de la Embajada de Colombia en Perú hace de conocimiento de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú que es factible la visita de dos (2) Oficiales de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, a las instalaciones del Puerto de Buenaventura, ubicado en el Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura ­ República de Colombia, del 5 al 8 de setiembre de 2017, a fin que verifiquen, manejen y empleen los equipos tecnológicos que se utilizan en la lucha contra el narcotráfico, mercancías, elementos y sustancias no permitidas; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 291-2017-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 25 de agosto de 2017, la Dirección General (e) de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Javier Manuel Gonzales Novoa y del Capitán de la Policía Nacional del Perú José Jair Baylon Muñoz, propuestos por la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, para que visiten las instalaciones del Puerto de Buenaventura, ubicado en el Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura ­ República de Colombia, del 4 al 8 de setiembre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha visita tiene como objetivo que el personal policial designado pueda verificar, manejar y emplear los equipos tecnológicos utilizados por la Policía Antinarcótico de Colombia en la lucha contra el narcotráfico, mercancías, elementos y sustancias no permitidas, a fin de poder implementar los indicados equipos en la República del Perú; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la visita indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 5233-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE, de fecha 25 de agosto de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, que aprueba el reglamento de viajes del personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 0012009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba

conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Javier Manuel Gonzales Novoa y del Capitán de la Policía Nacional del Perú José Jair Baylon Muñoz, del 4 al 8 de setiembre de 2017, al Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura ­ República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ Días Pers. Total US$ 517.00 X 2 = 1,034.00 370.00 X 4 X 2 = 2,960.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1561301-2

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